PNP ahora podrá hacer detenciones sin orden de un fiscal
Grave amenaza. Con cambios en el Código Procesal Penal, PNP podrá investigar en etapa inicial y pedir el levantamiento del secreto de comunicaciones. Expertos dicen que es inconstitucional.

A diario ocurren muertes por acción del sicariato o de luchas entre bandas, y de gente común que es asesinada por una extorsión o un robo.
La inseguridad es uno de los problemas más grandes en el país y el Gobierno acaba de impulsar 30 normas para, según señalan, fortalecer su lucha contra el crimen.
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Una de ellas tiene que ver con la Policía Nacional que ahora podrá investigar delitos por cuenta propia y agilizar diligencias preliminares que antes eran dirigidas por un fiscal.
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Ayer, el ministro del Interior, Víctor Torres, y altos mandos de la PNP dieron a conocer “los beneficios” del decreto legislativo que modifica el Código Procesal Penal, con lo cual, según dijeron, se “fortalecerá el trabajo de la Policía en la etapa de investigación del delito”.
Así, la Policía asume facultades para efectuar actos de investigación que formarán parte de las diligencias agilizarán las pesquisas en casos considerados inaplazables.
Esta facultad se realizará bajo la supervisión jurídica del fiscal, respetando el ámbito funcional de cada uno de ellos, pero ya no dependerá de una orden del Ministerio Público.
Dicho de otra manera, “la Policía ahora iniciará la investigación de un caso o hará una captura sin esperar la orden del fiscal. Informará, sí, pero no esperará que el fiscal disponga”, explicó un oficial de la Dirincri.
El dispositivo también establece la intervención de las comunicaciones y el levantamiento del secreto bancario en casos de emergencia y cuando se amenace de modo inminente la vida, la integridad o la libertad de las personas.
“Es inconstitucional”
Al respecto, el abogado penalista Mario Amoretti cuestionó estas modificaciones al Código Procesal Penal y las consideró como un retroceso, “inconstitucionales” y “muy peligrosas”.
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“Estas modificaciones, como la interceptación de las comunicaciones solo con el pedido de un policía, son inconstitucionales porque es el juez quien tiene que autorizar el levantamiento de secretos bancarios, tributarios y de las comunicaciones; no lo puede hacer un fiscal a pedido de la Policía”, explicó.
También recordó que fue convocado con otros expertos al Congreso para tratar el tema de la delincuencia. “Todos coincidimos en que no era conveniente darle facultades al Ejecutivo. Con esta medida, un periodista o un opositor al Gobierno puede ser víctima de un seguimiento para incriminarlo. Es muy peligroso”, indicó.

Autoridades. Presidenta Dina Boluarte explicó las medidas. Foto: difusión
Sobre ingreso a casas
¿Y podrá la Policía ingresar a las casas? No, salvo casos de flagrancia. “Y cuando se trate de allanamientos, la orden la deberá dar un juez. El problema es ¿quién determinará la flagrancia?”, pregunta el penalista.
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Por su parte, el exfiscal Víctor Cubas dijo que “la Constitución Política establece que es el Ministerio Público el órgano que dirige la investigación, y eso viene desde 1980, no es obra de la Constitución del 93. La policía sí interviene, pero bajo la dirección del fiscal porque la investigación del delito es de carácter jurídico; sin embargo, existe toda una campaña para restarle facultad al MP en beneficio de la Policía", dijo.
Con suma preocupación, Cubas manifestó que “muchos delitos se cometen desde dentro del Estado, hay violación de los derechos humanos y esos actos no los puede investigar la Policía porque es dependiente del Ejecutivo (el Ministerio del Interior)”.
Un gobierno autoritario -dijo- utilizaría a una policía e impediría que se investigue delitos que se cometen desde el interior del Estado. “Un ejemplo, si el fiscal no hubiese sido autónomo, no se hubiera conocido el caso del entorno de Pedro Castillo y ahora la operación Valkiria”, agregó.
Sistema contra el crimen
El Ejecutivo también creó el Sistema contra el Crimen Organizado y el Consejo Nacional contra el Crimen Organizado para combatir el incremento de extorsiones, sicariato, minería ilegal y otros delitos.
La norma permitirá a las instituciones competentes reunirse en este sistema y consejo para coordinar intervenciones conjuntas operativas y de prevención e impulsar acciones de mejora frente a la evolución de este flagelo social.
El Gobierno impulsó asimismo importantes reformas en los procesos de control migratorio, de control y fiscalización de insumos químicos que sirven para elaborar drogas, del proceso de investigación del delito contra las extorsiones y las organizaciones criminales.
Reacciones
Dina Boluarte, presidenta de la República
“El dispositivo marca un antes y un después en el combate contra la delincuencia y organizaciones transnacionales. Después de 19 años, la PNP recupera facultades para investigar”.
Mario Amoretti, abogado penalista
“Estas modificaciones, como la interceptación telefónica solo con el pedido de un policía, son inconstitucionales porque es el juez quien tiene que autorizar. Esto es muy preocupante y muy peligroso”.
Datos
- Sanción. Otra de las normas busca combatir el tráfico de armas por parte de las fuerzas armadas y policiales o si son prestadas o en alquiler para actos criminales.
- Penas. Las penas van de 10 a 15 y hasta 20 años para los miembros en actividad o en retiro.
- Cárceles. La medida también recae sobre el personal del INPE.

















































