Dejan sin efecto pedido de demolición de infraestructura productiva en Lambayeque
Según las denuncias, se les acusa a campesinos de Chaparrí de ser los autores del delito contra los recursos naturales.
La Primera Sala Pena de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque declaró fundada la oposición a la medida cautelar de no innovar y retirar la infraestructura productiva y de turismo, presentada por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente (Minam), como parte del proceso en el que acusa a campesinos de Chaparrí de ser los autores del delito contra los recursos naturales, figura de alteración del ambiente o paisaje, en agravio del Estado y del Minam.
El presidente de la comunidad campesina Muchik Santa Catalina de Chongoyape, Edivar Carrasco Vásquez, manifestó que con esta resolución los magistrados Zapata López, Zapata Cruz y Sánchez Dejo dejan sin efecto esta medida cuestionada por los comuneros de Chaparrí ya que en la práctica la misma significaba la prohibición de uso, así como la demolición del Canal El Mirador, que es la base de la economía de cientos de familias, así como la infraestructura turística del Ecocamping Racarrumi que son parte de los servicios con la que también familias campesinas, a través del turismo contribuyen a la sostenibilidad en la gestión de la Reserva Ecológica de Chaparrí.
Si bien el proceso judicial, del que se desprendió esta medida dejada sin efecto, aún no termina y continuará en octubre de este año con el juicio oral a líderes campesinos de Chaparrí, como Hermenegildo Torres Perales, Porfirio Torres Perales, Dociteo Tafur Díaz, Américo Laboriano Ramos, Segundo Fabián Culqui Mendoza y Juan de Dios Carrasco Fernández, por el cual se pide 4 años de prisión.
Esta resolución es considerada como un gran avance en el camino a la justicia según el defensor ambiental Javier Ruiz, ya que esta medida si se imponía significaba una condena adelantada no solo para los comuneros acusados, sino también para toda la comunidad.