SJL: publican norma que prohíbe el castigo físico y humillante contra menores en el distrito
El objetivo de la ordenanza es promover el derecho al buen trato y las pautas de crianza positiva hacia niñas, niños y adolescentes.
La Municipalidad de San Juan de Lurigancho aprobó la Ordenanza N.° 433-MDSJL, que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra niños, niñas y adolescentes en el distrito. La norma fue aprobada mediante Concejo Municipal de SJL este 19 de mayo.
Según el documento, la medida tiene como objetivo "regular las medidas para promover el derecho al buen trato y las pautas de crianza positiva hacia las niñas, niños y adolescentes en todos los ámbitos en los que se desarrollen, así como la actuación y atención frente al castigo físico y humillante".
¿Dónde se aplica la norma?
Se indica que la norma será aplicada en todas las entidades y servicios del Estado, en los tres niveles de gobierno e instituciones que intervengan en la atención de las niñas, niños y adolescentes.
Entre los lugares específicos mencionados están los siguientes:
- Hogar
- Escuelas
- Comunidad
- Lugares de trabajo
- Centros de acogimiento residencial
- Centros juveniles
¿Qué dice la ley sobre el trato a niños y adolescentes?
Según el Código de los Niños y Adolescentes, oficializado mediante la Ley N.° 27337, los menores tienen derecho al buen trato, sin distinción alguna. Ello implica recibir cuidados, afecto, protección, socialización y educación no violentas.
Asimismo, según la ley, los menores tienen derecho a vivir en un ambiente armonioso, solidario y afectivo, en el cual cuenten con protección integral, ya sea por parte de sus padres, tutores, responsables o representantes legales, además de sus educadores, las autoridades administrativas y cualquier otra persona.