¿La ‘brujería’ es legal? ¡Cuidado! Algunas prácticas te pueden llevar a prisión
En un país pluricultural como el Perú, las costumbres y creencias de las personas son muy diversas. Sin embargo, las consecuencias de algunas prácticas realizadas en los denominados amarres, limpias, etc., pueden ser condenables penalmente.
El Perú es un país pluricultural y la diversidad no solo se plasma en las actividades socioeconómicas, sino también en las creencias de cada pueblo. En este contexto, podemos encontrar las figura de curanderos, chamanes, o personas que practican la ‘brujería’.
Estos personajes están dedicados a la curación y otros a los rituales en los que muchas personas creen, como amarres, limpias, daño, etc. Sin embargo, a lo largo del tiempo, las diferentes prácticas también se han visto involucradas con estafas, engaños y delitos.
Tal es así que, este 27 de setiembre, la Policía Nacional capturó a Crisberly Serrano Barboza, quien se dedicaba a estafar con los famosos rituales para atraer y atrapar al ser amado (amarres); y, cuando sus víctimas se daban cuenta del engaño, los extorsionaba con 9.000 soles.
¿Si practico ‘brujería’, puedo ir a la cárcel?
La prisión es una condena penal ante la comisión de delitos establecidos en la legislación penal de nuestro país. La ‘brujería’ no está tipificada penalmente. Sin embargo, sí es posible ir a la cárcel si las acciones realizadas por ‘brujos’, ‘hechiceros’ o ‘chamanes’ devienen en delitos como homicidios o daños a la salud.
No obstante, en conversación con La República, el abogado penalista César Nakasaki precisó que, en determinados pueblos o lugares del Perú, existen personajes que oficialmente son los responsables de la salud de las personas.
¿La ‘brujería’ es legal? ¡Cuidado! Algunas prácticas te pueden llevar a prisión
Nakasaki agregó que “más que brujos, los chamanes o curanderos aplican sus técnicas y métodos ancestrales que a veces lindan, o no, en la ciencia, la costumbre, la magia, entre otros”. En esta situación, no interviene el derecho penal.
Sin embargo, “si hablamos de brujos o chamanes en Lima o en ciudades donde hay claramente una cultura occidental, así como presencia de la medicina; entonces, evidentemente, sí hay delitos”, agregó.
¿Qué delitos puede generar la ‘brujería’ en pueblos occidentales?
Nakasaki advirtió que el primer delito sería el ejercicio ilegal de la medicina, “si es que se hacen pasar por médicos”. “El ejercicio ilegal de la medicina solo aplica cuando yo oferto o estafo respecto a que soy médico y no lo soy; o incluso si siendo médico no estoy habilitado para el ejercicio de la medicina”, explicó.
A su vez, se puede percibir delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, como el homicidio o lesiones. “Cualquier persona, llámese brujo o chamán, que a través de sus acciones, mate, es homicidio, que puede ser doloso o culposo”, refirió el abogado.
Chamán. Créditos: Captura Latina.
El abogado Napoleón Salas Velásquez indicó, para la web Víatelevisión.pe, que todo dependerá de lo que se puede demostrar. “No existe cárcel para los casos de ‘hechicería’ en el que supuestas personas resultaron agraviadas por fotografías encontradas en una tumba, ya que científicamente no hay cómo demostrar hechos delictivos”.
Sin embargo, “cuando hay pócimas de por medio, las cosas cambian, puesto que las sustancias tienen elementos químicos que le causarían la muerte a cualquier persona, y eso sí puede ser descubierto por los forenses en las investigaciones”, agregó.
Si una persona muere por algún brebaje, ¿de cuántos años de cárcel sería la condena?
Nakasaki precisó que los crímenes pueden ser dolosos o culposos y, dependiendo de ello, el tipo y los años de condena que recibiría la persona responsable. “Si yo soy un brujo o chamán y sé claramente que mis pócimas, mis conjuntos, mis mesas no sirven para curar una infarto; y así no quiera matar, pero lo hago, estoy cometiendo homicidio, y lo mismo ocurre con las lesiones”.
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En ese caso, el delito sería homicidio doloso, que, según el código penal, tiene una pena privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de 20 años.
Por el contrario, “si se trata de muertes o lesiones por negligencia, entonces hablamos de homicidios y lesiones culposas”, agregó Nakasaki. En este caso, la condena sería una pena privativa de libertad no mayor de dos años.