Sociedad

Entrevista en cámara Gesell sería revictimizante para niña de 3 años víctima de violación en Chiclayo

La entrevista en cámara Gesell es considerada como un medio probatorio fundamental en algunos procesos por abuso sexual, pero especialistas aseguran que, en el caso de la menor abusada en Chiclayo, podría ser innecesario, ya que existen suficientes pruebas contra el acusado.

Para Cynthia Silva, de Demus, la entrevista en cámara Gesell, en el caso de la menor de 3 años abusada en Chiclayo, no es indispensable para el esclarecimiento de los hechos. Foto: Ministerio Público
Para Cynthia Silva, de Demus, la entrevista en cámara Gesell, en el caso de la menor de 3 años abusada en Chiclayo, no es indispensable para el esclarecimiento de los hechos. Foto: Ministerio Público

Ante el requerimiento de la Fiscalía para realizar la prueba anticipada de la cámara Gesell, el abogado de la menor de 3 años secuestrada y abusada sexualmente en Chiclayo, Juan Carlos Díaz Calderón, aseguró que la defensa de la niña se opondrá a la realización de la diligencia legal porque significa revictimizarla.

Díaz aseguró que, en base a la edad de la afectada, este requerimiento no significaría mayor aporte a las investigaciones. Además, consideró que existen elementos de prueba contundentes que demuestran el hecho delictivo.

De acuerdo al “Protocolo de entrevista única para niñas, niños y adolescentes en cámara Gesell”, la entrevista es una diligencia judicial que tiene como finalidad registrar la declaración o testimonio del menor por única vez y con las garantías correspondientes de respeto a su integridad.

Cámara Gesell

Laura Gamero - LR

La decisión es del juez, pero podría evitarse, según especialistas

Según el protocolo, la finalidad de este procedimiento es esclarecer la verdad de los hechos y evitar la revictimización. No obstante, precisa los criterios que tiene en cuenta el juez para ordenar la entrevista única en cámara Gesell.

  • La existencia de presunción razonable de que la niña, niño o adolescente ha sido víctima de violencia familiar, sexual o de trata de personas.
  • La evidencia o presunción razonable de que la niña, niño o adolescente está siendo influenciado, direccionado o alienado por su padre, madre, tutores o representantes, en los casos en que se discute su custodia o régimen de visitas.
  • El requerimiento de la opinión de la niña, niño o adolescente para la adopción de cualquier medida de protección.
  • La presencia de otra circunstancia debidamente motivada por el juez o la jueza.

De acuerdo al documento, de existir un caso de conflicto de intereses o negativa de los padres, tutores o representantes del menor víctima de violación para prestar el consentimiento para la entrevista única, el requerimiento será resuelto por el juez o jueza a cargo del caso.

No obstante, la norma aclara que las pruebas periciales relacionadas, tales como las biológicas, físicas, toxicológicas y otras, son realizadas de forma inmediata sin perjuicio de llevar a cabo la entrevista única, especialmente en los casos de violencia sexual.

En conversación con La República, Cynthia Silva, directora del Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Demus), sostuvo que “aún cuando la declaración es la prueba fundamental, no es la única”.

Si bien la norma lo pone como uno de los actos de investigación que tiene que llevarse a cabo, la especialista consideró que existe la necesidad de entender la ley como un medio para dar efectividad a los procesos. “Y también pensar en la víctima, las normas no pueden imponer formalidades que pueden ser más dañinas para ellas. En el caso donde no corresponde, no tiene por qué ser impuesto”, acotó.

Sobre el caso de la menor de 3 años en Chiclayo, Silva opinó que sería “terrible para la niña tener que recordar estos hechos si no está en capacidad después de lo sufrido”.

“Ya teniendo elementos como la confesión de este hombre, siendo corroborada por cómo encontraron a la niña, los exámenes físicos, entre otras cosas, resulta innecesario”, agregó la abogada de Demus.

Silva refirió que no es indispensable estratégicamente para el esclarecimiento de este hecho, ya que existen otras pruebas que ya pueden dar información suficiente. “No necesitamos información más allá para acreditar una violación sexual, y con todos los agravantes además”, finalizó.

En esa línea, Liz Meléndez, directora del Centro de la Mujer Flora Tristán, precisó que, en este caso, la menor no debería pasar por la cámara Gesell por tratarse de una niña tan pequeña.

Además, apuntó que hay suficientes pruebas del acto delictivo como “el hecho de que el hombre ha sido encontrado en flagrancia, ha confesado la violación, los exámenes del médico legista de la niña y el agravante del secuestro”.

“Hay reflexiones que tenemos que hacer sobre cómo funcionan los procesos de denuncias, de investigación y juzgamiento de los casos de abuso sexual. Hay muchas cosas que están establecidas, pero va depender también de la discrecionalidad del juez para sancionar”, añadió. Sin embargo, aclaró que se debe tener en cuenta que la entrevista en cámara Gesell se realiza una sola vez y evita que el niño sea interrogado posteriormente.

La abogada refirió también que el resultado de esta entrevista constituye en una prueba fundamental del proceso. “Obviarla puede ser riesgoso y afectar la sentencia, pero sí se puede llegar a emitir un fallo sin cámara Gesell”, continuó.

“Durante el proceso, la Fiscalía presenta sus pruebas para corroborar la violación sexual y así el juez pueda dar la máxima sanción. En lo personal, sí debe obviarse en el caso de la menor”, concluyó.

Violador Juan Enríquez

Violador Juan Enríquez

Cámara Gessell y bienestar psicológico

Desde el lado del bienestar psicológico, la directora del Hospital Larco Herrera, Elizabeth Rivera Chávez, señaló que “regresar a esos recuerdos vividos pueden revictimizar a la niña”. “Es muy importante sopesar esa situación. Es una niña pequeña, que si bien el aspecto cognitivo no está formado por la edad, es importante la huella que puede haber quedado en la niña. En este caso no lo recomendaría”, precisó.

Por su parte, el doctor José Li Ning, presidente de la Asociación Peruana Psiquiatría, expuso que el bienestar de una víctima va a depender de cómo se le realiza la entrevista en la cámara Gesell.

“Puede ser traumático si uno interroga una y otra vez porque preguntar y preguntar es revivir: somete a la víctima a la misma violación”, apuntó Li Ning. “Pero si se hace con tino, de forma indirecta, con juegos, el resultado puede ser distinto”, puntualizó.

En ese sentido, Vanessa Herrera, médico psiquiatra del Centro de Investigación en Salud Mental de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, precisó que este procedimiento es realizado por personal especializado. “Son psicólogos forenses los que realizan esta entrevista y es fundamental porque recoge la información, de acuerdo a los tratados internacionales y dentro del marco normativo del país”, agregó.

De acuerdo a la especialista, “esta es una primera evaluación psicológica de la niña y ayuda a comprender qué situación ha pasado, eso va a permitir reconocer los impactos psicológicos a corto, mediano y largo plazo”.

Juan Antonio Enríquez García, de 48 años, es investigado por secuestrar y violentar a una menor de 3 años en Chiclayo. Foto: John Reyes

Juan Antonio Enríquez García, de 48 años, es investigado por secuestrar y violentar a una menor de 3 años en Chiclayo. Foto: John Reyes

Canales de ayuda

Si usted ha sido o conoce a alguien que ha sido afectada o involucrada en hechos de violencia familiar o sexual, puede comunicarse de manera gratuita a la Línea 100 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que cuenta con un equipo especializado en “brindar información, orientación y soporte emocional”.

Además, la Línea 100 tiene la facultad de derivar los casos de violencia familiar o sexual más graves a los Centros de Emergencia Mujer o al Servicio de Atención Urgente. Este servicio atiende las 24 horas, todos los días del año (incluye feriados).