Sociedad

CIDH expresa preocupación por fallo del TC contra derechos de pueblos indígenas

Una sentencia del Tribunal Constitucional declaró que el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa no es un derecho fundamental.

Justo. Estado asumirá las lenguas originarias donde estás predominen. Foto: difusión
Justo. Estado asumirá las lenguas originarias donde estás predominen. Foto: difusión

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) puso de manifiesto su preocupación por el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara que el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa no es un derecho fundamental.

Dicha sentencia Tribunal (EXP. No. 03066-2019-PA/TC) declaró improcedente la demanda interpuesta por comunidades indígenas Chila Chambilla y Chila Pucará, en la provincia puneña de Juli, tras el otorgamiento de concesiones mineras sobre sus territorios sin la realización de la consulta previa.

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Vale recordar que el TC falló contra estas comunidades afirmar que el derecho a la consulta previa no está en la Constitución, que no es un derecho fundamental, no tiene rango constitucional y que no puede ser protegido por el amparo.

Sin embargo, de acuerdo a la CIDH, el Tribunal no consideró que la Constitución Política dispone que los tratados ratificados por el Perú forman parte del derecho nacional y que la obligación del Estado peruano es cumplir las obligaciones internacionales contraídas voluntariamente.

La entidad aclaró que en el Sistema Interamericano de Derechos humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha declarado que la obligación de la consulta es un principio general del derecho internacional y que “está claramente reconocida hoy en día la obligación de los Estados de realizar procesos de consulta especiales y diferenciados cuando se vayan a afectar determinados intereses de la comunidades y pueblos indígenas”.

“La Comisión Interamericana insta al Estado de Perú, en particular al Tribunal Constitucional, a adoptar las medidas necesarias para asegurar que sus disposiciones sean compatibles con las obligaciones internacionales a las que el Estado de Perú se ha obligado internacionalmente, como aquellas que se encuentran desarrolladas en el Informe sobre Derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales”, señaló la CIDH a través de un comunicado de prensa oficial.

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