¿Ya conoces las nuevas disposiciones del Estado? Aquí te contamos todo lo que debes saber
El ministro de Salud dio a conocer modificaciones en la norma como medida para enfrentar la COVID-19. Estas entrarán en vigencia desde este 27 de enero. En la siguiente nota te detallamos todos los pormenores.
El Ministerio de Salud dispuso nuevas medidas para mitigar el incremento de casos de COVID-19 en el país. La institución sanitaria dio a conocer que, desde este 27 de enero, la ciudadanía deberá respetar las nuevas disposiciones de las autoridades.
Aquí te detallamos cuáles son las normas que deberán ser oficializadas en el diario El Peruano y entrarán en vigencia automática.
No más toque de queda
El titular de la cartera de Salud ya había adelantado que el toque de queda que regía, desde las 12.00 p . m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente, en el país iba a ser retirado porque generaba aglomeración de personas en los paraderos y al momento de subir a los buses de transporte público, razón por la cual la ciudadanía contaría con más espacio de tiempo para llegar de forma ordenada a sus lugares de destino.
Vacunación obligatoria
Hernando Cevallos también indicó que toda la ciudadanía deberá acreditar las dos dosis contra la COVID-19 para el ingreso a los espacios cerrados; sin embargo, para las personas mayores de 40 años, esta medida varía, pues estas deben demostrar su aplicación de la dosis de refuerzo para hacer uso de estos lugares.
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Reuniones sociales
Respecto de las fiestas o reuniones sociales, en donde la ciudadanía suele retirarse las mascarillas e incumplir protocolos, el titular de la cartera de Salud recalcó que continúan estando prohibidas porque son focos de contagio para el virus. Además, instó a la ciudadanía a evitar acudir a ellas, pues las autoridades como la PNP pueden irrumpir en estos espacios y colocar las multas correspondientes.