Indecopi multa con más de S/ 5 millones a nueve universidades por excesivos cobros a estudiantes

En primera instancia. El organismo publicó lista de las casas de estudios que vulneraron normas de protección al consumidor al aplicar un interés moratorio superior al permitido, así como medidas prohibidas para procurar el pago de pensiones, entre otras infracciones.

Entidad indicó que hasta el momento solo una universidad ha pagado la sanción económica. Foto: Indecopi
Entidad indicó que hasta el momento solo una universidad ha pagado la sanción económica. Foto: Indecopi

Un total de nueve universidades peruanas fueron sancionadas en primera instancia administrativa por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), tras resolverse que vulneraron normas de protección al consumidor en perjuicio de sus propios estudiantes.

Tras una investigación del grupo de trabajo, se determinó que las casas de estudios sancionadas aplicaban un interés moratorio superior al permitido por el Banco Central de Reserva del Perú, establecieron medidas prohibidas para asegurar el pago de pensiones, condicionaban a los alumnos a adquirir ‘solicitudes’ para efectuar diversos trámites, entre otras faltas.

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La CC3 explicó que las infracciones cometidas por las casas de estudios constituyen la transgresión a los literales a) y g) del artículo 56.1 y al artículo 73 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En total, se aplicaron sanciones por 1.224,6 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 5 388 240. El detalle es el siguiente:

-Por cobrar un interés moratorio superior al permitido legalmente:

  • Universidad Privada Norbert Wiener S.A.: S/ 743.600 (169 UIT).
  • Universidad San Ignacio de Loyola S.A.: S/ 148.720 (33.8 UIT).
  • Universidad Autónoma del Perú S.A.C.: S/ 104.720 (23.8 UIT).
  • Universidad Científica del Sur S.A.C. por cuenta propia y en calidad de absorbente de Universidad Privada SISE S.A.C.: S/ 152.240 (2.7 UIT y 31.9 UIT, respectivamente).
  • Universidad Antonio Ruíz de Montoya S/ 4.840 (1.1 UIT).
  • Universidad Seminario Bíblico Andino: S/ 1.320 (0.3 UIT).

Por condicionar a sus estudiantes a adquirir un documento denominado ‘solicitud’ para efectuar trámites internos:

  • Universidad Privada Telesup S.A.: S/ 135.080 (30.7 UIT).
  • Universidad Privada Norbert Wiener S.A.: S/ 84.920 (19.3 UIT).
  • Universidad Autónoma del Perú S.A.C.: S/ 27.280 (6.2 UIT).
  • Universidad Seminario Bíblico Andino: S/ 2.640 (0.6 UIT)
  • La Universidad Peruana de Ciencias e Informática S.A.C. solo recibió una amonestación.

-Por exigir a los alumnos documentación innecesaria para realizar trámites:

  • Universidad Privada Telesup S.A.: S/ 114.840 (26.1 UIT).
  • Universidad Seminario Bíblico Andino: S/ 15.400 (3.5 UIT).
  • Universidad Científica del Sur en calidad de absorbente de la Universidad Privada SISE S.A.C.: S/ 29.920 (6.8 UIT).
  • Universidad Peruana de Ciencias e Informática S.A.C.: S/ 1.320 (0.3 UIT).

-Por establecer medidas prohibidas para procurar el pago de las pensiones

  • Universidades San Ignacio de Loyola S.A.: S/ 1 980 000 (450 UIT)
  • Universidad Privada Norbert Wiener S.A.: S/ 1 094 720 (248.8 UIT)
  • Universidad Científica del Sur S.A.C.: S/ 494.560 (112.4 UIT)
  • Universidad Autónoma del Perú S.A.C.: S/ 462.000 (105 UIT)
  • Universidad Antonio Ruíz de Montoya: S/ 67.320 (15.3 UIT)
  • Universidad Peruana de Ciencias e Informática S.A.C.: S/ 184.800 (42 UIT).

Además de pagar los importes mencionados, las universidades sancionadas deberán identificar a los alumnos a los que se realizó los cobros excesivos a fin de devolverles el importe. De igual modo, la CC3 ordenó eliminar las exigencias contenidas en sus documentos normativos internos que hacen referencia a la presentación de documentación innecesaria.

Debido a que es una decisión en primera instancia, algunas universidades han decidido apelar a la decisión. Es el caso de las universidades Antonio Ruíz de Montoya, San Ignacio de Loyola, Autónoma del Perú y Norbert Wiener.

Por su parte, las universidades Privada Telesup, así como la Universidad Científica del Sur como tal y también en calidad de absorbente de la Universidad Privada SISE S.A.C. se encuentran en plazo para apelar ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.

Se supo que solo la Universidad Seminario Bíblico Andino ya canceló la multa impuesta, mientras que la Universidad Peruana de Ciencias e Informática no ha presentado recurso de apelación.

Finalmente, la comisión precisó que las sanciones impuestas tienen como principal objetivo disuadir o desincentivar la realización de infracciones que afecten a los consumidores, en el marco de la prestación del servicio de educación superior.

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