Proyecto busca eliminar el matrimonio adolescente: ¿Qué plantea la iniciativa?
Arlette Contreras, a través de un proyecto de ley, busca derogar un párrafo del Código Civil para erradicar el matrimonio en los menores de entre 14 y 18 años de edad.
En el Perú, el matrimonio adolescente continúa suponiendo una interrupción al proyecto de vida de los menores de edad. Así lo sostiene la congresista Arlette Contreras, quien presentó el Proyecto de Ley 5871, que establece la eliminación del último párrafo del artículo 42 del Código Civil.
Tal segmento refiere: “Excepcionalmente tienen plena capacidad de ejercicio los mayores de catorce años y menores de dieciocho años que contraigan matrimonio, o quienes ejerciten la paternidad”. La República dialogó con la parlamentaria, quien considera que este párrafo atenta contra los derechos de las y los adolescentes del país.
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Arlette Contreras Foto: Andina
¿En qué consiste el Proyecto de Ley 5871?
El PL-5871/2020 pretende derogar el párrafo final del artículo 42 del Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil, con el fin de erradicar el “matrimonio precoz y forzado de personas menores de 16 años”. Con ello, la iniciativa defendería el libre desarrollo de la personalidad y la promoción integral de los derechos de los adolescentes.
Para Arlette Contreras, el matrimonio adolescente “afecta el proyecto de vida que podrían tener nuestros adolescentes en una etapa en la que pueden continuar con sus estudios y encaminar su futuro”. Señaló que, en caso de seguir vigente, aumentaría el riesgo de embarazos precoces y afectaría principalmente a las mujeres.
Por tal motivo, este Proyecto de Ley apunta al artículo 42 del Código Civil, el cual, tras ser modificado por el Decreto Legislativo 1384, abrió la posibilidad de contraer matrimonio a personas de entre los 14 y 16 años, quienes hasta entonces habían sido considerados “absolutamente incapaces” para dicho ejercicio.
¿Por qué eliminar el matrimonio adolescente en el Perú?
En principio, la congresista argumenta que, según los estándares internacionales de la Convención de los Derechos del Niño, todo menor de 18 años se considera infante. Por tanto, una figura como el matrimonio afecta directamente su desarrollo, y genera responsabilidades adicionales para las que no están preparados.
“Tendrían que asumir una paternidad o maternidad un tanto forzosa”, señala Contreras, y destaca la imposibilidad de un desarrollo a nivel académico y profesional, puesto que, antes de terminar siquiera la secundaria, el o la adolescente ya habría conformado una familia. Además, reveló que, según una investigación de Marcela Huaita sobre el Censo del año 2017, más de 55 mil adolescentes se encuentran en convivencia o en matrimonio, de las cuales, el 80 % son mujeres.
Esta figura de inequidad cobra relevancia en el interior del país, sostiene la congresista, donde son frecuentes los casos de abusos a menores, quienes son obligadas a casarse con su agresor por “vergüenza al qué dirán”, lo que trunca sus proyectos de vida a edad temprana y pone en riesgo su salud, debido al embarazo precoz en un cuerpo que sigue en proceso de desarrollo. “El matrimonio adolescente está muy relacionado con casos de violencia sexual”, sentencia.
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“En un caso de violación sexual a una menor de 16 años, después de ser violentada, se le obliga a casarse con su violador. Y al hacerlo, ya no existe delito. Entonces, se repotenciaría una situación de abuso”, arguye la legisladora. Cabe precisar que para contraer matrimonio civil un menor de edad debe tener como mínimo 16 años cumplidos, expresar su voluntad de casarse y contar con la autorización de sus padres.
En tal sentido la legisladora, remarcó que, en un país en donde un gran número de mujeres jóvenes son violentadas sexualmente y no tienen la confianza para denunciar, el último párrafo del artículo 42, más bien, “da cabida a que esta grave situación sea normalizada por el Estado”.
“Hay un interés superior y se tiene que respetar”, finaliza Contreras, en referencia a la protección de los adolescentes del país. “Es importante que respetemos el normal desarrollo y las etapas de las personas”, afirmó, tras evidenciar la contradicción de que, en el Perú, se considere violación a las relaciones sexuales con menores de edad, pero se permita a su vez el matrimonio entre una persona adulta con una adolescente.