Sociedad

Desde el 2 de enero del 2020 la ATU asumirá competencia sancionadora en transporte público

Por lo pronto, la SAT mantendrá dicha función y luego transferirá expedientes judiciales sobre procesos por incumplimiento a las ordenanzas de transporte.

SAT continuará realizando durante estos meses la cobranza de las infracciones contra los reglamentos que regulan el transporte público. (Foto: Municipalidad de Lima)
SAT continuará realizando durante estos meses la cobranza de las infracciones contra los reglamentos que regulan el transporte público. (Foto: Municipalidad de Lima)

El pasado 16 de octubre se publicó en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano, la Resolución de Presidencia Ejecutiva n.° 34-2019-ATU/PE, la cual establece que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) asumirá las funciones vinculadas a los Procedimientos Administrativos Sancionadores (PAS), derivados de la aplicación de los reglamentos de transporte público, a partir del 2 de enero del 2020.

Hasta que se cumpla dicha fecha, será la Municipalidad de Lima (MML), a través de Servicio de Administración Tributaria (SAT), la cual seguirá cumpliendo con las mencionadas funciones.

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No obstante, las demandas que se interpongan a partir de la fecha deberán ser dirigidas a la ATU, por cuanto el SAT ya no es el órgano competente para su conocimiento y tramitación.

Debe precisarse que las competencias en materia del PAS están referidas a la evaluación de los descargos, la formulación del informe final de instrucción, la emisión de las resoluciones de sanción y de archivamiento, la atención de los recursos correspondientes y solicitudes no contenciosas derivados de la aplicación de las actas de control e imputación de cargo, entre otros.

Por ello, el SAT continuará realizando durante estos meses la cobranza de las infracciones contra los reglamentos que regulan el transporte público de personas y taxi metropolitano, que fueron impuestas por los inspectores municipales de la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) del municipio limeño, así como de las que imponga la nueva autoridad del transporte.

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Será recién a partir del 2 de enero que el SAT recaudará solo lo relacionado a infracciones del Reglamento Nacional de Tránsito impuestas por la Policía Nacional del Perú (PNP).

En el marco de este proceso de transferencia de funciones, el ente recaudador municipal derivará a la ATU más de 12 mil expedientes judiciales sobre procesos contenciosos administrativos, revisiones judiciales y otros, referidos a las infracciones por incumplimiento a las ordenanzas de transporte.

En tal sentido, la MML exhortó a la ciudadanía a rechazar ofrecimientos de tramitadores inescrupulosos que operan de forma indebida, induciendo a la presentación de trámites administrativos, descargos, reconsideraciones, apelaciones, prescripciones, devoluciones y/o compensaciones por infracciones de transporte que devienen en improductivas.

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