Desde el 2 de enero del 2020 la ATU asumirá competencia sancionadora en transporte público
Por lo pronto, la SAT mantendrá dicha función y luego transferirá expedientes judiciales sobre procesos por incumplimiento a las ordenanzas de transporte.
El pasado 16 de octubre se publicó en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano, la Resolución de Presidencia Ejecutiva n.° 34-2019-ATU/PE, la cual establece que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) asumirá las funciones vinculadas a los Procedimientos Administrativos Sancionadores (PAS), derivados de la aplicación de los reglamentos de transporte público, a partir del 2 de enero del 2020.
Hasta que se cumpla dicha fecha, será la Municipalidad de Lima (MML), a través de Servicio de Administración Tributaria (SAT), la cual seguirá cumpliendo con las mencionadas funciones.
PUEDES VER SAT: más de 66 mil vehículos fueron enviados al depósito en lo que va del año
No obstante, las demandas que se interpongan a partir de la fecha deberán ser dirigidas a la ATU, por cuanto el SAT ya no es el órgano competente para su conocimiento y tramitación.
Debe precisarse que las competencias en materia del PAS están referidas a la evaluación de los descargos, la formulación del informe final de instrucción, la emisión de las resoluciones de sanción y de archivamiento, la atención de los recursos correspondientes y solicitudes no contenciosas derivados de la aplicación de las actas de control e imputación de cargo, entre otros.
Por ello, el SAT continuará realizando durante estos meses la cobranza de las infracciones contra los reglamentos que regulan el transporte público de personas y taxi metropolitano, que fueron impuestas por los inspectores municipales de la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) del municipio limeño, así como de las que imponga la nueva autoridad del transporte.
PUEDES VER Policías volverán a imponer multas a taxis ‘colectivos’ y combis ‘piratas’
Será recién a partir del 2 de enero que el SAT recaudará solo lo relacionado a infracciones del Reglamento Nacional de Tránsito impuestas por la Policía Nacional del Perú (PNP).
En el marco de este proceso de transferencia de funciones, el ente recaudador municipal derivará a la ATU más de 12 mil expedientes judiciales sobre procesos contenciosos administrativos, revisiones judiciales y otros, referidos a las infracciones por incumplimiento a las ordenanzas de transporte.
En tal sentido, la MML exhortó a la ciudadanía a rechazar ofrecimientos de tramitadores inescrupulosos que operan de forma indebida, induciendo a la presentación de trámites administrativos, descargos, reconsideraciones, apelaciones, prescripciones, devoluciones y/o compensaciones por infracciones de transporte que devienen en improductivas.