Ley contra el hostigamiento sexual ya cuenta con reglamento
Atención. Fue publicado mediante decreto supremo. Aplica a nivel educativo y laboral en el ámbito público y privado.

El Ejecutivo publicó el Reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual (N° 27942) mediante el DS N° 014-2019-MIMP, que aprueba las disposiciones para prevenir, investigar y sancionar los actos de hostigamiento sexual que sufren particularmente las mujeres y que impacta considerablemente en sus vidas.
Según se establece, el Reglamento será aplicable en el ámbito laboral (público y privado), educativo (educación básica, técnico-productiva y superior, pública y privada), en las instituciones de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (incluyendo sus centros de formación), así como en otras relaciones de sujeción, sin importar el régimen contractual, legal o lugar de ocurrencia de los hechos.
Video destacado
¡BELMONT DEFIENDE ACTUAR DE OBRAS EN VIVO! + KEIKO CELEBRA | SIN GUION CON ROSA MARÍA PALACIOS
De igual modo, se dispone que las instituciones públicas y privadas implementen medidas de prevención del hostigamiento sexual, como herramientas de evaluación y diagnóstico periódicas para identificar posibles situaciones de hostigamiento sexual o riesgo de que estas ocurran, con la finalidad de implementar mejoras para impedir dichos actos.
- Gobierno declara días no laborables compensables por la visita del papa León XIV a Perú
- Chantal Toledo, hija de Alejandro Toledo, regresó al Perú después de 15 años y visitó por primera vez a su padre en prisión
Asimismo, la norma establece la capacitación y sensibilización del personal para la adecuada identificación y atención de casos, así como la publicidad continua de los canales a través de los cuales se puedan presentar denuncias por estos actos.
Comité de intervención
Uno de los aspectos a destacar es el Comité de intervención frente al hostigamiento sexual, que se conformará tanto en el plano educativo como laboral y que recibirá las quejas y denuncias de las víctimas, dictará medidas de protección, investigará, emitirá recomendaciones de sanción y otras medidas adicionales.
Este comité debe estar compuesto por representantes en la misma proporción, garantizando la paridad de género, garantizando que las mujeres se encuentren representadas.










































