¿Quieres anular o impugnar una papeleta o fotopapeleta que consideras injusta? A través de la SAT lo puedes hacer y aquí te enseñamos los pasos que debes seguir.,¿Cómo Impugnar o anular una papeleta o fotopapeleta que consideras injusta? Este procedimiento se puede realizar a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y aquí te mostramos los pasos que debes seguir para invalidar este proceso, fraccionarlo o acceder a los descuentos. ¿Cómo anular papeletas del SAT? Según la ley, si el supuesto infractor no reconoce o no está de acuerdo con la aparente falta, puede iniciar un proceso para impugnar la papeleta, en todos sus tipos, como por ejemplo una fotopapeleta o papeleta rh1, está última por prestar el servicio de taxi sin la autorización. PUEDES VER Brevete: Cómo sacar la licencia de conducir A1 En primer lugar debes acercarte a las oficinas del SAT, dentro de los primeros 7 días de impuesta la papeleta o fotopapeleta, y solicitar el descargo de infracciones al código de tránsito y al reglamento de servicio público de transporte regular de pasajeros. En este documento, el conductor debe llenar todos sus datos personales, especificando en el punto N°7 si es que es el propietario del vehículo o si lo alquila. Este documento tiene valor de declaración jurada, por lo que debe ser lo más veraz posible. Asimismo, en los puntos N° 11 hasta al N° 16 debes colocar tu dirección actual, así no sea la misma que figura en tu DNI, pues será ahí donde te llegarán todas las notificaciones sobre el trámite. Una vez entregado el documento, el SAT deberá tiene 30 días para resolver tu caso y si pasada esa fecha no obtienes respuesta, se considera silencio administrativo y puedes acudir al Poder Judicial. De no ser aceptada tu impugnación, el conductor puede apelar nuevamente en un rango de 5 días. Si nuevamente se le niega la cancelación de la multa, ya no quedan más recursos administrativos en el SAT salvo iniciar un juicio. PUEDES VER MTC deja habilitado a 12 centros médicos en Lima para funcionar en sistema de brevetes ¿Cuánto tiempo tengo para pagar una papeleta? El pago de la papeleta de tránsito o fotopapeleta debe realizarse dentro de los 6 días hábiles de haber sido impuesta la misma. Es importante precisar que por si no lo sabías, los conductores pueden acceder a descuentos de más del 80% para el pago de las infracciones de tránsito. El SAT otorga ciertos beneficios para pagar papeletas que pueden ser de mucha utilidad. Sin embargo, debes saber que existen algunas condiciones para acceder a ellos: En primer lugar, solo las personas que hayan cometido infracciones Leves (L) y Graves (G) pueden aplicar a estos descuentos. - El descuento del 83% sobre el importe previsto en la papeleta de tránsito se aplica dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la imposición de la misma, según indica el portal del SAT. - El descuento del 67% sobre el importe previsto en la papeleta se aplica dentro de los primeros 6 días hábiles hasta el día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción. - El descuento no es aplicable a las infracciones tipificadas como: M1, M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8, M9, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M27, M28, M29, M31, M32 y M42. Estas son las infracciones que no califican para descuentos PUEDES VER PNP: Conoce cómo sacar el certificado de antecedentes policiales y judiciales ¿Quién paga la papeleta, el conductor o el propietario? Según la SAT, que hace referencia al Cuadro de Tipificaciones, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre, el conductor del vehículo es el responsable administrativo al pago de la multa en todas las infracciones cualquiera sea el código de infracción. Mientras que el propietario del vehículo es solidariamente responsable ante la autoridad administrativa al pago de la multa en el caso de las infracciones con los siguientes códigos de infracción: M01- M02 - M03 - M08 - M09 - M10 - M11 - M13 - M15 - M19 - M22 - M24 - M26 - M27 - M22 - M24 - M26 - M27 - M28 - M29 - M31 - M33 - M34 - M35 - M36 - M37 - M38 - M39 - M40 - M41 - M42 - G08 - G14 - G15 - G17 - G19 - G20 - G21 - G22 - G23 -G24 - G26 - G27 - G28 - G29 - G30 - G32 - G33 - G34 - G35 - G36 - G59 - G60 - G63 - G72 - L06 -L07 -L08 ¿Cuándo puedo fraccionar una papeleta? El SAT te brinda la facilidad de poder fraccionar el pago de tu papeleta siempre y cuando se cumplan estos requisitos. - La deuda a fraccionar haya vencido el año anterior al presente ejercicio. - Si no se ha fraccionado antes la papeleta y todavía debes cuotas. - Pérdida del fraccionamiento por falta de pago de otras multas en los últimos 12 meses. Si cuentas con una papeleta impaga y cumples con los requisitos antes descritos entonces puedes acceder al fraccionamiento y debes presentar tu DNI en cualquiera de las agencias del SAT y realizar el pago de la cuota inicial. ¿Cuándo prescriben las papeletas de tránsito? En términos prácticos, la prescripción impide la persecución de la infracción porque se considera que, transcurrido un determinado plazo para su castigo, sino se ha ejercido la potestad de sancionar, la administración ya no lo puede hacer. En Perú, los infractores cuentan con demasiados recursos para no pagar las multas. Las papeletas impugnadas no se pueden cobrar y al cabo de cuatro años prescriben. ¿Qué significa que una papeleta está coactiva? Una vez que haya vencido el plazo de pagar la papeleta dentro de los seis días hábiles siguientes a su imposición, se te exigirá el pago íntegro del monto indicado en la papeleta, acción a la que se denomina “cobranza coactiva”.