Política

Odebrecht: Humberto Abanto Verástegui seguirá investigado en base a Convención de Palermo

Sala Nacional de Apelaciones considera que en el caso de "Los árbitros de Odebrecht" se observa la existencia del control de un mercado ilícito con fines económicos que señala la nueva Ley del Congreso.

Humberto Abanto Verástegui busca archivar los procesos en su contra por crimen organizado
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El reconocido abogado penalista Humberto Abanto Verástegui continuará siendo investigado por delito de asociación ilícita (hoy crimen organizado) en relación con los arbitrajes que realizó para la constructora Odebrecht, luego que la Tercera Sala Penal Nacional de Apelaciones ratificó que en su caso si se cumplen los requisitos de la Ley 32108 y su modificatoria la Ley 32138.

Los jueces de la Sala de Apelaciones, José Sologuren AnchanteVictor Enriquez Sumerinde y Arturo Mosqueira Cornejo afirman que el juez de investigación preparatoria Jorge Chávez Tamariz hizo una correcta aplicación de la Convención de Palermo para interpretar el contenido confuso de las nuevas leyes del Congreso sobre crimen organizado.

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Al respecto, los magistrados superiores señalan que el juez Chávez no realizó un control de convencionalidad de dichas normas legales, sino una interpretación de las mismas conforme al artículo 55° de la Constitución de 1993 que incorpora a los tratados de derecho internacional, a nuestra legislación.

Abanto Verástegui niega haber tenido un trato ilícito y haber recibido pagos ilícitos de la constructora brasileña y se ha convertido en un duro crítico del trabajo de los fiscales del Equipo Especial Lava Jato por la demora en las investigaciones y las medidas restrictivas que han tomado contra los investigados.

La Convención de Palermo sirve para interpretar las leyes sobre crimen organizado

Juez Jorge Chávez Tamariz

Juez Jorge Chávez Tamariz

"Se verifica que la resolución materia de impugnación (emitida por el juez Chávez Tamariz) no realiza un control de convencionalidad, sino por el contrario se utiliza una interpretación conforme a la Constitución utilizando el artículo 55° que incorpora los tratados al derecho nacional, lo cual constituye una técnica interpretativa válida y distinta al control de convencionalidad", precisa los magistrados.

Chávez Tamariz utilizó la Convención de Palermo sobre criminalidad organizada como parámetro interpretativo para dotar de contenido a los elementos del tipo penal de organización criminal de las leyes 32108 y 32138 que presentan cierta indeterminación, "particularmente respecto al beneficio económico como finalidad del grupo criminal" y del control de una cadena de valor en un mercado ilícito, precisa la sala superior.

La Sala de Apelaciones dice que en el caso de los árbitros se observa el beneficio económico de la presunta organización criminal

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Además, subraya que la Convención de Palermo si es de aplicación en los procesos relacionados con las actividades de la constructora Odebrecht en el Perú, si se tiene en cuenta que es una empresa formada en Brasil que opera en diferentes países, la cual reconoció ante la fiscalía del Distrito de Nueva York (EE.UU) que pagó sobornos a funcionarios públicos en el Perú y el financiamiento de campañas, entre los años 2005 al 2014 con la finalidad de obtener contratos en obras públicas.

En los procesos contra Odebrecht se cumple la ley 32108 y 32138

Humberto Verástegui es muy criticio del Equipo Especial Lava Jato

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Por el último, el tribunal de apelaciones señala que de acuerdo con diversas disposiciones del Equipo Especial de Fiscales del caso Lava Jato, el abogado Abanto Verástegui integraría una asociación criminal liderada por Carlos Ruiz Paredes, actuando concertadamente con funcionarios públicos y otros árbitros entre los años 2012 al 2023.

En detalle, la fiscalía cuestiona la intervención de Humberto Abanto como árbitro legal en tres procesos arbitrales vinculados con los proyectos IIRSA Sur Tramo 3 e IIRSA Norte, en el último de los cuales fue designado directamente por Odebrecht, por haber emitido fallos a favor de la empresa brasileña.

En el caso Humberto Abanto Verástegui, "sí concurre la exigencia de permanencia y estabilidad porque participó de tres tribunales arbitrales": Junto a Emilio Casina Rivas y Horacio Cánepa en el laudo del 17 de agosto de 2012; junto a Luis Pardo Narváez en el laudo de 19 de diciembre de 2012 y junto a Ramiro Rivera Reyes y Alejandro Álvarez Pedro en el laudo del 6 de septiembre de 2013, de acuerdo con la resolución del juez Chávez Tamariz.

"Este esquema criminal no solo se distorsionaba el sistema de justicia arbitral, sino que buscaba el control de un segmento específico del mercado de contrataciones públicas a través de la corrupción, generando así una economía ilegal paralela en el ámbito de las concesiones de infraestructura", precisa la resolución judicial, emitida con fecha 14 de enero de 2025.

Resolución que aprueba investigación al abogado Humberto Abanto

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El 22 de noviembre de 2024, concluyó el plazo de la investigación del caso de "Los Árbitros de Odebrecht". La fiscalía debe proceder a definir si encontró las pruebas que le permitan establecer en un juicio pública la comisión de los delitos investigados y, a partir de eso, presentar la respectiva acusación individualizando los delitos y hechos ilícitos que habría realizado cada uno de los involucrados.

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