Poder Judicial define jurisdicción de caso Inti y Bryan el 29 de noviembre
Audiencia. La Fiscalía considera que la investigación y el juicio deben estar a cargo de jueces de la Corte Penal Nacional por su complejidad, trascendencia social y DD. HH.
En casación, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema definirá este 29 de noviembre si la Corte Penal Nacional es competente para realizar el control de la investigación y, en su momento, realizar el juicio por el asesinato de Inti Sotelo y Bryan Pintado durante las marchas ciudadanas del 14 de noviembre del 2020.
Desde hace un año, este caso se encuentra paralizado, luego de que, ante un pedido de entrega de copias gratuitas del expediente, un juez y una Sala de Apelaciones de la Corte Penal Nacional se declararan incompetentes para ver este caso y dispusieran que se derive a un juzgado penal ordinario de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Ante esa absurda decisión que dejaba sin resolver el pedido primigenio de entrega de copias y se saltaba el procedimiento de contienda de competencia, la 2ª Fiscalía Suprema en lo Penal planteó una casación para que la Sala Penal Permanente aclare la situación.
La audiencia de casación se realizó ayer, bajo la dirección del juez supremo César San Martín. El fiscal supremo adjunto Luzgardo Ramiro González explicó que sobre la entrega de copias ya se había producido una sustracción de la materia, pues en setiembre último se procedió a la entrega gratuita de las copias del expediente en formato digital.
Derechos humanos
A continuación, el fiscal explicó que este es un caso que incluye a 11 investigados y más de 80 agraviados por delitos de asesinato, lesiones graves y abuso de autoridad en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos, pues los eventos sucedieron en una marcha pacífica ciudadana.
Además de tratarse de una investigación compleja y sobre hechos de repercusión nacional, que entran en el catálogo de procesos que son competencia de la Corte Penal Nacional, cuyo origen justamente es el de procesamiento de casos de violaciones de derechos humanos.
El abogado Juan José Santibáñez, defensa del policía que pidió las copias del expediente, señaló que ellos estaban de acuerdo con la posición de la Fiscalía para que el caso se vea en la Corte Penal Nacional.
Lo propio manifestaron los abogados de las víctimas, entre ellos Julio Arbizu. “El 14 de noviembre del 2020, un grupo importante de ciudadanos acudieron a ejercer su derecho a la protesta y fueron repelidos violentamente por efectivos policiales, lo que ocasionó la muerte de dos jóvenes y lesiones graves y leves a cientos de manifestantes”, subrayó.
Fiscalía. Ramiro González señaló que es un caso de DD. HH. Foto: difusión
Luego de escuchar al tribunal, que integran César San Martín Castro, Manuel Luján Túpez, María del Carmen Altabás Kajatt, Iván Sequeiros Vargas y Norma Carbajal Chávez, anunciaron que darán a conocer su decisión el próximo martes 29 de noviembre en una audiencia pública.
Protestas pacíficas por la democracia
Tras la decisión del Congreso de vacar al entonces presidente Martín Vizcarra y designar a Manuel Merino su sucesor, entre el 9 y 14 de noviembre se desarrollaron multitudinarias marchas ciudadanas en Lima y en las principales ciudades del país.
Las manifestaciones del 14 de noviembre en Lima fueron duramente reprimidas por la policía con el uso de bombas lacrimógenas y perdigones que provocaron la muerte de Inti Sotelo Camargo y Jack Bryan Pintado y diversos heridos con perdigones.
El 15 de noviembre, Manuel Merino renunció a la presidencia y tras varias discusiones y enfrentamientos en el Congreso, Francisco Sagasti fue elegido presidente. El nuevo gobierno se comprometió a investigar el uso de la fuerza durante las marchas.