Congreso: ¿qué falta para que se vote en el Pleno informe que podría destituir a la JNJ?
Polémico informe de la Comisión de Justicia está a la espera de ser debatido en el Pleno. Congresistas dilatan el tema a la espera de asegurar los 87 votos mínimos para su aprobación.
La semana de representación les dio algunos días a las bancadas que impulsan la remoción de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia para asegurar los 87 votos que requieren —según reglamento del Congreso de la República— y aprobar el polémico informe emitido por la Comisión de Justicia, la cual —en cuestión de horas— cambió el sentido del documento: pasó de no encontrar “falta grave” a recomendar la destitución de la JNJ.
Aunque existió la voluntad de votar con premura el informe en el Pleno, tras su aprobación en la Comisión de Justicia, se optó por no ver el tema durante las sesiones del último jueves 19 y viernes 20, en las cuales se priorizaron otros temas de la agenda. El principal motivo es la valla alta de 87 votos que se requieren para destituir a la JNJ, una cifra que pocas veces alcanzó este Congreso, debido a la atomización de fuerzas políticas.
En tanto, para aprobarse la remoción de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia se necesita una votación de los 2/3 del Parlamento: en la práctica son 87 votos. La votación cada caso por separado o todo junto dependerá de cómo se acuerde previamente.
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El tema probablemente se vea durante la primera semana de noviembre, cuando los congresistas retornen de su semana de representación. A su vuelta, se decidirá en reunión de Junta de Portavoces cuándo entrará al Pleno para su debate y votación, aunque el tema podría dilatarse si es que las bancadas que impulsan la remoción de la JNJ no logran los consensos para llegar a los 87 votos.
Por otro lado, las congresistas Ruth Luque y Nieves Limachi, ambas de Cambio Democrático-Juntos por el Perú, presentaron —el último 19 de octubre— un uniforme en minoría como contrapeso de la recomendación para destituir a los miembros de la Junta Nacional de Justicia. En este documento se recomienda al Pleno archivar la investigación sumaria contra la JNJ, la cual recoge el espíritu del primer documento elaborado en la Comisión de Justicia.
¿Acción de amparo de la JNJ puede impedir que se vote en el Pleno?
Por otro lado, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) presentó una acción de amparo ante el Poder Judicial contra el Congreso de la República por el informe final que aprobó la Comisión de Justicia. En este documento, se propone la destitución de los integrantes de la JNJ, organismo que se encarga de nombrar, ratificar, sancionar y destituir a los jueces y fiscales.
La República consultó con el constitucionalista y experto en temas parlamentarios César Delgado Guembes sobre si esta acción de amparo podría evitar que el informe se vea en el Pleno. Señaló que sí ha ocurrido antes en el Congreso. Aclaró que la decisión del Tribunal Constitucional —adoptada en febrero de este año—, de anular resoluciones del Poder Judicial que impedían la elección del defensor del Pueblo, no es vinculante para este caso, por lo que el Parlamento, para desconocer una eventual orden judicial, tendría que plantear una nueva demanda competencial ante el TC.
“Para que el Congreso se resista y desacate una resolución judicial, antes debiera someter el caso a una acción competencial ante el TC, para que este avale y apoye el ejercicio funcionalmente compatible con la Constitución del Congreso. La resolución anterior del Tribunal Constitucional tuvo efectos concretos respecto de ese caso. No tiene efectos vinculantes, generales o erga omnes, porque no lo hizo en un proceso de inconstitucionalización de una ley”, explicó.
Finalmente, entre los legisladores que respaldaron dicho informe están los congresistas de las diversas bancadas parlamentarias: Rosio Torres, Elvis Vergara, Luis Aragón, Jorge Morante, Patricia Juárez, María del Carmen Alva, Martha Moyano y otros. Con la acción de amparo presentada por la JNJ se busca que el informe no sea debatido en el Pleno del Congreso.