Jurado Nacional de Elecciones plantea proyecto contra acoso político a mujeres
El fondo. Iniciativa busca corregir vacíos de la Ley 31155 y así reglamentarla. Incorpora autoridades mujeres sometidas a revocatoria y promotoras de referéndum. Obliga a partidos y movimientos a introducir medidas para erradicar violencia contra afiliadas.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha elaborado un proyecto de ley que busca modificar los alcances de la norma vigente sobre el acoso contra las mujeres en la vida política, Ley 31155.
La iniciativa del tribunal electoral pretende aclarar algunos vacíos de la referida norma que imposibilitan su reglamentación.
Milagros Suito, jefa de la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana del JNE, explicó que la finalidad es aclarar el concepto de acoso político, que se defina la competencia del JNE en este tema, y que se regule un procedimiento sancionador en el que se establezcan las infracciones y sanciones. También, que se determine cuál es la población que se pretende proteger.
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Uno de los primeros aspectos que propone cambiar es el término de “acoso político” por el de “violencia, en razón de género contra las mujeres en la vida política”.
Suito indicó que también se amplía la población protegida por la violencia de género, incluyendo a las autoridades mujeres que están sometidas a una revocatoria, así como a las que participan como promotoras de un referéndum. Además, se varía la palabra “militante” por la de “afiliado”, término correcto que está establecido en la Ley de organizaciones políticas (LOP).
Asimismo, se indica que la protección de las mujeres comenzará desde la presentación de su solicitud de inscripción ante los jurados electorales especiales, en la elección primaria, así como durante todo el proceso de inscripción de la fórmula o lista de candidatas, concluidas las elecciones internas.
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Mediante este proyecto se incorporará en la LOP la obligación de los partidos y de los movimientos regionales de establecer en sus estatutos medidas internas para erradicar todo tipo de violencia de género contra sus afiliadas y candidatas en elecciones internas o en elecciones para cargos de dirigencia. En caso contrario, se precisa que la organización política se suspende.
Otros cambios apuntan a que las organizaciones políticas deberán emitir, semestralmente, los casos de violencia política al JNE; y a la creación de un Registro de casos de violencia de género a cargo de la entidad electoral, la cual los difundirá en sus plataformas virtuales.
Con esta iniciativa se plantea introducir en la Ley orgánica de elecciones (LOE) todo un texto normativo sobre infracciones y sanciones. Estas están tipificadas como faltas leves, graves y muy graves. En cada categoría se impone una sanción pecuniaria que va desde 1 UIT hasta 50 UIT. Lo interesante en este punto es que se agregan circunstancias agravantes por la condición que pueda tener el infractor. Por ejemplo, si la infracción es realizada por un servidor público, por un candidato o directivo de una organización política, se impondrá una sanción de 5 UIT hasta un máximo de 50 UIT.
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Caso Mirtha Vásquez
El acoso político fue persistente en la trayectoria de la expremier Mirtha Vásquez Chuquilín. “Yo he sido víctima de acoso político de manera constante. Lo he experimentado no solo en el proceso de las postulaciones al Congreso, sino cuando he sido congresista, presidenta del Parlamento y, además, cuando era presidenta del Consejo de Ministros”, dijo.
Como premier, fue blanco de burlas por la forma de peinarse, a raíz del comentario de un periodista.
También fue víctima de difamación cuando fue calificada como “la visitadora”. Esto, a raíz de una reunión que sostuvo con sus asesores a las 9:00 p. m. con el líder político César Acuña. “Me ponían en los medios de comunicación como la visitadora, haciendo referencia a la condición de una mujer prostituta […]. Si se trata de un varón que atiende una reunión a las 9:00 p. m. con otro político, es un político trabajador; si es una mujer política que tiene una reunión a las 9:00 p. m. con otra persona, es una prostituta”, cuestionó.
Como titular del Congreso, Vásquez recibió, hasta en tres oportunidades, amenazas contra ella y sus hijos.
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Cifras
- 35% de 504 candidatas al Congreso en las Elecciones Generales del año 2021 encuestadas por el JNE denuncian haber sido víctimas de burla.
- 29% de estas mismas postulantes consultadas fueron blanco de difamaciones.
- 13% del mismo grupo de candidatas al Parlamento informó a la entidad electoral haber recibido alguna amenaza.
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Proyecto del JNE es limitado
Enfoque. Lucía Santos, experta en género de la PUCP
El acoso político contra las mujeres, entendido como el conjunto de acciones y omisiones orientadas a menoscabar el ejercicio de sus derechos políticos, es una forma de violencia de género que atenta contra su capacidad de participación ciudadana en el espacio público.
Entendido así, no solo se circunscribe al plano electoral. Las mujeres que ejercen cargos de dirigencia o representación en organizaciones sociales experimentan esta forma de violencia. Por eso, el proyecto de ley 01491/2021-CR amplía el ámbito de aplicación de la Ley 31155 para incorporar a mujeres que ostentan cargos en comunidades campesinas y nativas, asociaciones, sindicatos, etc.
En cambio, la propuesta del JNE restringe la aplicación de la norma con el objetivo de delimitar sus competencias institucionales en materia de prevención, investigación y sanción de acoso político.
Si bien urge implementar mecanismos efectivos para la intervención en estos casos, es necesario concordar ambas propuestas para garantizar que todas las mujeres que sufren acoso político, dentro o fuera del espectro partidario y electoral, accedan a canales de atención.