Política

Vladimir Cerrón es captado celebrando una fiesta en Huancayo pese a que no se ejecuta la resolución del TC

Un video lo muestra bailando en la Fiesta de Santiago mientras el Poder Judicial aún no ejecuta el fallo del Tribunal Constitucional que anuló su prisión preventiva; el TC reconfirmó su sentencia y rechazó los argumentos que retrasaban su cumplimiento.

El líder de Perú Libre fue captado en las celebraciones del Santiago en Huancayo. Foto: composición LR
El líder de Perú Libre fue captado en las celebraciones del Santiago en Huancayo. Foto: composición LR

Un video difundido este jueves muestra a Vladimir Cerrón sonriente y bailando durante la Fiesta de Santiago, una de las celebraciones más importantes de Huancayo. Las imágenes, registradas por el portal Huancayork Times, lo captan en plena celebración, rodeado de gente.

El líder de Perú Libre apareció en público justo cuando el Poder Judicial todavía no ejecutaba el fallo del Tribunal Constitucional que había anulado su prisión preventiva. Lejos de negar el video en sus redes sociales, Cerrón reposteó la noticia en su perfil de X.

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El juez Leodán Cristóbal Ayala, del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, pidió al TC una aclaración sobre su sentencia el 24 de julio, al considerar que todavía existían dos resoluciones judiciales vigentes que sustentaban la prisión preventiva y las requisitorias policiales contra Cerrón. Según su lectura, eso volvía "materialmente inejecutable" el fallo del máximo intérprete de la Constitución. Mientras esa duda no se resolvía, la orden de captura contra Cerrón seguía teniendo efecto.

Mediante un auto, el Tribunal Constitucional rechazó los argumentos del juzgado y dejó en claro que la anulación de la prisión preventiva tiene calidad de cosa juzgada y debe acatarse de inmediato. El Colegiado fue más allá: recordó que el Poder Judicial debe ejecutar lo resuelto sin imponer condiciones adicionales ni generar nuevas dilaciones.

Para que no quedara ningún margen de duda, el TC declaró la nulidad de las resoluciones del 4 de diciembre de 2025 y del 7 de enero de 2026, además de "todos aquellos actos y resoluciones que resulten contrarios" a la sentencia que anuló la medida restrictiva.

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