Política

Absalón Vásquez asumirá como senador debiendo al Estado más de un millón de soles por reparación civil

Especialistas cuestionan los filtros del JNE ante la candidatura de Absalón Vásquez y aclaran que la preclusión del proceso electoral impide anular su elección, por lo que la única vía legal para retirarlo es el desafuero parlamentario.

Absalón Vásquez
Absalón Vásquez | Difusión

Absalón Vásquez Villanueva se prepara para asumir funciones en el nuevo Senado de la República. Sin embargo, su incorporación ocurre bajo la sombra de una millonaria deuda que mantiene con el Estado peruano por concepto de reparación civil, derivada de una condena por delitos de corrupción.

En la hoja de vida que presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el propio Vásquez declaró una sentencia como "cómplice primario" del delito de peculado. En el documento de postulación, el exministro de Agricultura anotó como defensa que la resolución judicial señala que "no se benefició ni directa ni indirectamente de fondos del Estado". Sin embargo, este argumento no anula el perjuicio que ocasionó al Estado.

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Una condena por corrupción y desvío de fondos

Según fuentes de la Procuraduría, Absalón Vásquez aún mantiene una deuda millonaria con el Estado. Además, de acuerdo con la resolución de la Tercera Sala Penal Especial, de fecha 27 de junio de 2008, a la que tuvo acceso la Unidad de Investigación de La República, el documento judicial ratifica que se le impuso a Vásquez una pena de cuatro años de prisión suspendida tras determinar que actuó como cómplice en el desvío de dinero que Vladimiro Montesinos entregó a Juan Carlos Hurtado Miller, exministro de Economía.

Junto con la pena privativa de la libertad y un periodo de inhabilitación de tres años, la sala judicial fijó en S/ 1,070,000 (un millón setenta mil soles) el monto que el sentenciado debía pagar a favor del Estado. Hasta enero de 2026, Vásquez solo pagó el 3,07% de su deuda.

Una inscripción al margen de la ley

En diálogo con La República, Jorge Jáuregui, abogado experto en derecho constitucional y electoral, señaló que la candidatura de Absalón Vásquez nunca debió ser admitida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

"El Tribunal Constitucional estableció un criterio claro: una persona condenada queda rehabilitada y redimida para postular solo bajo dos presupuestos obligatorios: purgar la condena íntegramente y pagar la totalidad de la reparación civil. Si no cumple con ambos, no está rehabilitada. Al no pagar su deuda, el fundamento del TC no sirve para avalar la inscripción de Vásquez", explicó Jáuregui.

Jáuregui también indicó que, una vez que el JNE otorga la credencial, el ente electoral pierde competencia sobre el cargo, el cual es irrenunciable por mandato constitucional. En consecuencia, evitar que Vásquez ejerza funciones dependerá exclusivamente del propio Parlamento una vez que se instale el 26 de julio.

El mecanismo para separarlo requiere un procedimiento de desafuero que debe iniciar su trámite en la Cámara de Diputados para luego pasar a decisión del Senado. No obstante, el especialista advierte que este camino no es automático y se rige por un debido proceso judicial y político.

"En el Parlamento las votaciones son políticas y cuentan los votos. Veremos qué peso tiene la bancada de Renovación Popular y sus aliados para protegerlo", concluyó el experto, tras calificar la actuación del JNE en este proceso electoral como "arbitraria" y "poco prolija".

Por su parte, la abogada constitucionalista María Antonieta González coincidió en que el debate sobre la idoneidad de Vásquez es válido, pero advirtió que existen límites legales para retirarlo ahora que ya fue electo por voto popular.

González explicó que en el derecho electoral rige el principio de preclusión, lo que significa que las etapas superadas no se pueden revertir.

"Las etapas de los procesos electorales son preclusivas como una forma de protección del sistema electoral. Si se pretende demandar la nulidad de su elección ahora que ya concluyó el proceso, se iría en contra de todo el sistema. Si el JNE, que es el encargado de colocar los filtros y evaluarlos, no lo hizo a tiempo, es sumamente difícil que un juez o el propio Congreso anule el voto popular bajo ese argumento. Un juicio de ese tipo demoraría años", indicó la constitucionalista para La República.

Asimismo, detalló que el análisis sobre su idoneidad y su posterior permanencia en la curul no corresponde al sistema electoral, sino al propio fuero legislativo.

"Impedir que jure al cargo por este motivo no es viable de forma directa. Eso es un asunto que tendrá que evaluarse en la Comisión de Ética o en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, mediante el debido procedimiento parlamentario correspondiente", concluyó González.

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