JEE deja fuera de carrera electoral a Edwin Donayre: declaró improcedente su candidatura por caso Gasolinazo
Ahora, el JNE deberá evaluar la apelación que presentó Progresemos. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 decidió aplicar la Ley 30717, que impide a sentenciados y rehabilitados postular a un cargo público. Tuvo la misma postura en la candidatura de Mario Vizcarra al Senado. Sin embargo, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inaplicaría este impedimento; pero estableció que deben transcurrir 10 años luego de haberse cumplido la sentencia para poder ser candidato.
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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró improcedente la candidatura del excongresista Edwin Donayre a la Cámara de Senadores por el partido Progresemos. La decisión se sustenta en que Donayre fue sentenciado en agosto de 2018 a cinco años de prisión por el delito de peculado por el caso como Gasolinazo.
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A través de la Resolución N.° 00016-2026-JEE-LIC2/JNE, el ente electoral decidió aplicar la Ley 30717, que impide a los ciudadanos que han cumplido con su condena y que hayan sido rehabilitados postular a un cargo público por un delito doloso.
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Según el JEE, este delito es insubsanable porque así se encuentra establecido en el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). A pesar de que la Constitución Política precisa que todos los ciudadanos tienen derecho a la participación política, el órgano electoral afirmó que este derecho está sujeto a limitaciones por la ley antes mencionada.
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Esta postura no es nueva en el JEE de Lima Centro 2. Anteriormente, aplicó la misma interpretación a la candidatura de Mario Vizcarra al Senado y declaró improcedente su postulación. Sin embargo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revocó dicha decisión y aseguró que Vizcarra sí podría postular.
Es preciso resaltar que el hermano del sentenciado expresidente Martín Vizcarra fue sentenciado en 2005, hace 21 años.
Si bien el JNE puede —y lo hará— inaplicar esta resolución que limita la participación de Donayre, el mismo ente ya estableció un nuevo requisito para postular a los exsentenciados.
En su resolución, el mismo JNE aseveró que, para que un exsentenciado y rehabilitado pueda postular, deberán pasar 10 años de haber cumplido con su condena.
Si la máxima autoridad sigue su mismo criterio, impediría a Donayre postular porque recién salió de prisión en 2024.
Progresemos apeló ante el JNE
El partido apeló la decisión ante el Pleno del JNE. En su documento, la organización política aseguró que la decisión del JEE Lima Centro 2 sería una infracción al derecho a la participación política y al rol de garante de la voluntad popular contemplados en la Carta Magna.
En esa misma línea, indicaron que los últimos pronunciamientos del JNE han establecido un criterio que privilegia el derecho de participación política respecto a los candidatos que fueron sentenciados y rehabilitados.
"Hace bien el Pleno del JNE en dejar en manos del soberano expresarse en las urnas y otorgar o no su confianza a los candidatos que logren conseguir la confianza de los electores", se lee en el documento.
El 19 de enero, el JEE concedió el recurso de apelación y ahora el JNE debe programar una audiencia para evaluar la solicitud.


















