Ex dirigente de Perú Libre denuncia ante el Tribunal Constitucional que lo enviaron a prisión sin permitirle ejercer su defensa
José Bendezú Gutarra solicitó al Tribunal Constitucional que se revoque la prisión preventiva dictada en su contra señalando que la Sala Nacional de Apelaciones y la Corte Suprema de Justicia no le notificaron la solicitud de la fiscalía para que se revoque la comparecencia y se le dicte 36 meses de prisión preventiva
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José Eduardo Bendezú Gutarra, ex dirigente de Perú Libre y ex director regional de Transportes y Comunicaciones de Junín, denunció al Tribunal Constitucional que el Poder Judicial, a pedido del Ministerio Público, revocó su comparecencia y le impuso 36 meses de prisión preventiva, sin darle la oportunidad de defensa y afectando el debido proceso.
La defensa del dirigente político, a cargo del abogado Eduardo León, ha requerido al TC que anule la decisión de la Corte Suprema y se restablezca su comparecencia bajo el argumento de que no fue notificado por la Segunda Sala Penal Nacional de Apelaciones y la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de los recursos de la fiscalía, en el caso “Los Dinámicos del Centro”.
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Bendezú Gutarra se encuentra detenido desde el 15 de junio de 2024, luego que la Corte Suprema, el 16 de octubre de 2023, revocó la comparecencia restrictiva que cumplía desde octubre del 2021. Su abogado argumenta que hasta octubre de 2023 cumplió cada una de las reglas que se le había impuesto, participaba en todas las diligencias de investigación programadas por la fiscalía y tenia domicilio conocido en Huancayo.
Vulneración del derecho de defensa por falta de notificación

Sede de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia
Eduardo León subraya que al no ser notificado de la solicitud presentada por la fiscalía y no haber participado en la audiencia pública en que se evalúo dicho pedido “se habría incurrido en vulneración al derecho de defensa y al debido proceso”, lo que afectó garantías esenciales del proceso judicial, cómo el derecho de defensa, debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho de pluralidad de instancias, entre otros.
La defensa del dirigente de Perú Libre informa que al revisar el expediente del caso encontraron que luego que se la Segunda Sala Penal de Apelaciones le concedió comparecencia restringida, en una resolución que incluyó a otras personas, la defensa de Arturo Cárdenas Tovar y la representante del Ministerio Público presentaron un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
El 22 de febrero de 2022, la Sala Superior Penal de Apelaciones Nacional concedió el recurso de casación presentado por la Segunda Fiscalía Nacional Especializada en delitos de corrupción de funcionarios contra la resolución que concedió comparecencia restrictiva a Bendezú Gutarra, del 6 de octubre de 2021. También se acogió el recurso de casación de Cárdenas Tovar. Por lo que se dispuso notificar a todas las partes procesales y elevar el expediente a la Sala Penal de la Corte Suprema.
Sin embargo, esa resolución no fue notificada a José Eduardo Bendezú, de acuerdo con los cargos de entrega de cédulas de notificación y guía de entrega. La resolución de la sala que admite la casación fue notificada a la fiscalía y al abogado Gustavo Carrasco Ordoya, abogado de Cárdenas Tovar. “No existe cargo de notificación alguno que haya sido remitido al señor José Eduardo Bendezú Gutarra o su defensa”, sostiene la defensa ante el TC.
Posteriormente, al llegar el expediente a la Corte Suprema, la Sala Penal Permanente notificó el avocamiento a la Primera Fiscalía Suprema Penal, la Procuraduría de Orden Público, al abogado Gustavo Carrasco, a cargo de la defensa de Arturo Tovar y la Procuraduría Pública en delitos de corrupción de funcionarios públicos, el 13 de abril de 2022. Otra vez, no existe constancia de notificación a la defensa de Gutarra.
Falta de defensa en recurso ante la Corte Suprema

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El 22 de diciembre de 2022, la Sala Suprema notificó que el 9 de enero de 2023 calificará el recurso de casación. La notificación fue remitida a la fiscalía, la defensa de Arturo Cárdenas y la procuraduría, pero no a Bendezú, pese a que el recurso de la fiscalía lo incluía y la casilla de sus abogados constan en el expediente judicial.
Esta situación de falta notificación se vuelve a repetir el 28 de marzo de 2023, cuando la Sala Penal de la Corte Suprema notifica que el 24 de abril de 2023, a las 9:00 horas se realizará la audiencia de casación. El 2 de mayo de 2023, la Corte Suprema declaró fundado el recurso de casación y dispone 36 meses de prisión preventiva para José Eduardo Bendezú.
El 31 de marzo de 2023, la defensa de Bendezú Gutarra se presentó a la Corte Suprema y solicitó la lectura del expediente. La Corte Suprema admitió a los abogados, pero señala que para la lectura del expediente debe recurrir al juzgado de origen. Luego, solicita la nulidad de la casación al no haber sido notificado de los recursos.
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Ante ese pedido, el asistente Javier Mejía Acosta emite un informe en el que indica que la Segunda Sala de Apelaciones admitió los recursos de casación y sólo notificó a la fiscalía y la defensa de Arturo Cárdenas y que los errores de la instancia superior no se pueden atribuir a la instancia suprema, a menos de que se denuncien oportunamente, antes de resolver.
Los nuevos abogados de Bendezú Gutarra están pidiendo estos hechos sean revisados y evaluados por el Tribunal Constitucional y eventualmente se declaré la nulidad del recurso de casación, lo que permitiría al dirigente de Perú Libre recuperar la libertad, mientras continúan las indagaciones en su contra.