RMP a Dina Boluarte: "Rellenarte los brazos de joyas no es una función del poder Ejecutivo"
La periodista habló sobre la demanda competencial que presentó la jefa de Estado ante el Tribunal Constitucional contra el Poder Judicial y el Ministerio Público con el fin de frenar las investigaciones en su contra.
En la última edición de 'Sin guion', Rosa María Palacios comentó más a fondo sobre la demanda competencial que presentó Dina Boluarte contra el Ministerio Público y el Poder Judicial ante el Tribunal Constitucional argumentando que se están "menoscabando" sus funciones como presidenta de la República.
La periodista cuestionó lo dicho por el ministro de Justicia, Eduardo Arana, cuando explicó los motivos por los que se presentó la demanda. Según el titular del Minjus, la presidenta, amparada en el artículo 117 de la Constitución, no puede ser investigada mientras está en funciones.
En ese sentido, Palacios recordó que esto había sido así en los casos de los expresidentes Toledo y Humala; sin embargo, con Pedro Castillo y Martín Vizcarra se comenzó a investigar a los presidentes, y es más, la excusa para inhabilitar a Zoraida Ávalos fue porque supuestamente no investigó a Castillo Terrones.
"El ministro de Justicia ha dicho que la señora presidenta no puede ser investigada por el Poder Judicial y el Ministerio Público, en virtud del artículo 117 de la Constitución, porque no fue investigado ni Toledo ni García ni Ollanta Humala ni Kuczynski. Pero claro, sí fueron investigados Vizcarra y Castillo. ¿ Y quién les abre investigación? Zoraida Ávalos, a la que inhabilitaron por no denunciarlos. Ahora, el ministro de Justicia dice que está prohibido investigar siquiera, que hay que hacer valer el artículo 117, como se hacía valer antes que Zoraida Ávalos abriera el camino para que Castillo pueda ser investigado", indicó.
En esa línea, RMP recordó que el motivo para presentar una demanda competencial es cuando a un poder del Estado le está quitando o está interfiriendo con las competencias de otro. Según lo que está establecido en la Constitución, las funciones del presidente de la República son nombrar embajadores o reglamentar leyes mediante decretos supremos, y ninguna de estas ha sido "menoscabada", ni por el Poder Judicial ni por el Ministerio Público.
"¿Alguna función de la Presidencia de la República como institución ha sido menoscabada? No ninguna. Porque rellenarte los brazos de joyas no es una función del Poder Ejecutivo; es la señora Boluarte, como persona natural, que ha decidido ponerse joyas, Rolex, aretes, y eso no implica investigar la procedencia de esos objetos; si esto es enriquecimiento ilícito, si es un posible cohecho; no implica el menoscabo de ninguna de sus funciones, porque no es su función rellenarse de joyas regaladas por Wilfredo Oscorima", refirió.
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Teniendo en cuenta esos argumentos, el Tribunal Constitucional debería archivar la demanda presentada por la presidenta; sin embargo, la periodista recordó que esta institución, lamentablemente, está al servicio del gobierno de Boluarte.
Dina Boluarte: acciones de la presidenta para interferir con la justicia
En otra parte del programa, Rosa María Palacios hizo una lista de las disposiciones de la presidenta que significaron un retraso a las investigaciones que afronta ella y también su hermano, Nicanor Boluarte.
En primer lugar, habló del retiró del coronel Harvey Colchado como jefe de la Diviac, luego de que se difundiera la foto de una torta de cumpleaños con la figura de un oficial PNP realizando el allanamiento a una vivienda.
Después, llegó el turno del Equipo de los Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), cuando mediante una disposición del Ministerio del Interior se les retiró el apoyo del grupo especial de la PNP.
Y por último, como una medida desesperada, está la demanda que presentó Boluarte Zegarra ante el TC.