Parlamento debe respetar derechos al investigar a la Junta Nacional de Justicia
Sentencia. Sala Constitucional de Lima declara nula la investigación sumaria del Congreso que no respetó independencia de la Junta ni los derechos de los consejeros.
El Congreso de la República sí puede investigar a los consejeros de la Junta Nacional de Justicia, sentenció la Tercera Sala Constitucional de Lima, pero primero debe definir con precisión qué conductas constituyen “causa grave” para una destitución o remoción, pues a ninguna persona se le puede sancionar por una falta que no está previamente determinada en la ley.
Por este argumento, la referida Sala Constitucional amparó en parte la demanda de amparo que la JNJ presentó contra el acuerdo de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de recomendar la destitución de los consejeros Imelda Tumialán, Aldo Vásquez, Henry Ávila, Inés Tello, Antonio de la Haza y María Zavala, con lo que entre setiembre y diciembre del 2023 se les pretendía destituir. Por lo cual, los jueces Paredes Flores, Velarde Acosta y Cabrera Giurisich de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima tomaron tres decisiones que serán claves en este caso.
En el primer punto, exhortan al Congreso a legislar con precisión qué conductas constituyen “causa grave” para la remoción o destitución del cargo de miembros de la JNJ. Pues si los consejeros que no saben qué está prohibido, no hay forma de evitar esa conducta.
En un segundo punto declaran nulo todo lo que la mencionada comisión realizó desde que recibió el encargo de investigar a los miembros de la JNJ, las citaciones, formulación de cargos hasta que acordó recomendar su cese o remoción, “así como los demás actos de procedimiento realizados”, al afectar derechos constitucionales.
Sin embargo, en el tercer punto, los jueces dejan vigente el acuerdo del 7 de setiembre del 2023, expresado en la Moción de la orden del día n° 7565, mediante el cual el Pleno del Congreso aprobó encargar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos una investigación sumaría a los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Claro está que esta nueva investigación solo tendrá valor legal y constitucional si previamente toma en cuenta la exhortación que hace la Sala de definir qué se considera “causa grave”, lo cual tiene incidencia en el derecho de defensa, la tutela jurisdiccional y el debido proceso.
La Sala Constitucional argumenta que se ha acreditado que el acuerdo de la referida comisión afectó diversos principios constitucionales y derechos de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Opinión
Omar Cairo. El Congreso debe cumplir inmediatamente lo resuelto por la Sala Constitucional, aun cuando presente un recurso de apelación y, además, debe cumplir con la exhortación.