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Política

Congreso: alistan ley de contrabando para evitar controles

Intocables. Patricia Juárez apuró dictamen de ley para impedir medidas cautelares contra los actos del Congreso. En adelante podrán incurrir en arbitrariedades sin control. Advierten que norma es inconstitucional.

Sin reflexión. Comisión de Constitución, que conducen Juárez (presidenta) y Gladys Echaíz (vicepresidenta), apura norma con vicios de inconstitucionalidad. Foto: difusión
Sin reflexión. Comisión de Constitución, que conducen Juárez (presidenta) y Gladys Echaíz (vicepresidenta), apura norma con vicios de inconstitucionalidad. Foto: difusión

Esta semana la Comisión de Constitución del Congreso, bajo la presidencia de la fujimorista Patricia Juárez, aprobó un dictamen de ley para modificar el Código Procesal Constitucional (CPC). El texto incluye un artículo de contrabando para evitar el trámite de medidas cautelares que puedan bloquear procesos parlamentarios, como la actual elección del defensor.

El dictamen, aprobado el miércoles en sesión extraordinaria, contempla modificaciones de diez artículos y hay uno que ha generado preocupación, por ser inconstitucional.

Se trata del artículo 18, donde ahora adicionan el siguiente párrafo: “No procede medida cautelar cuando esté referida a detener el desarrollo de procedimientos parlamentarios”.

Es decir, en adelante nadie podría tramitar medidas cautelares para detener posibles actos arbitrarios del Congreso.

Esta semana, de manera coincidente, el Poder Judicial concedió una medida cautelar del Sindicato de la Defensoría del Pueblo y ordenó a María del Carmen Alva, titular del Congreso, suspender la elección del defensor.

¿La razón? El Congreso estaría vulnerando principios como la transparencia y la participación ciudadana. Esto ahora será resuelto por el Poder Judicial y en un proceso de amparo.

Esta situación y la anterior orden judicial que paralizó la elección de miembros del Tribunal Constitucional (TC) con el Congreso del 2021 son antecedentes que ayudan a comprender la incomodidad del Legislativo y el notorio deseo de evitar controles de este tipo.

Si esta ley prospera, el Congreso tendrá rienda suelta para realizar sus procedimientos con vicios e ilegalidades, sin el control oportuno en sede judicial.

María del Carmen Alva

María del Carmen Alva

Ley inconstitucional

El especialista Omar Cairo consideró que esta norma sería inconstitucional. Recalcó que las medidas cautelares buscan asegurar la efectividad de las futuras sentencias judiciales.

Precisó que esta ley, “al suprimir las medidas cautelares en los procesos contra actos parlamentarios, neutraliza la eficacia de las sentencias que se expidan contra el Congreso”.

El contrabando

La Comisión de Constitución aprobó el dictamen a partir de dos proyectos de ley. Uno corresponde a José Elías (exfujimorista), quien planteaba algo más radical: anular los procesos constitucionales contra actos de fiscalización del Congreso.

El otro es de Eduardo Castillo y Héctor Ventura (Fuerza Popular), quienes proponían evitar las medidas cautelares en juzgados constitucionales.

En enero, la Defensoría del Pueblo advirtió que ambas propuestas eran inviables y recordó que el TC ha expresado que “en un estado constitucional de derecho, no existen zonas exentas de control constitucional”.

El grupo de Constitución hizo caso omiso a esta observación y sacó bajo la manga, sin mayor debate, el cambio del artículo 18 para bloquear cualquier medida cautelar. Quieren evitar todo tipo de control.

Otro dictamen peligroso

Comisión de Constitución ya aprobó este dictamen y lo siguiente es la aprobación en el pleno del Congreso.

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No existe poder que esté exento de control

Enfoque: por Renzo Cavani, socio de Evidence Lab

Una medida cautelar es una decisión que sirve para que el demandante pueda ver asegurado o satisfecho su derecho provisionalmente. En el caso del dictamen, prohibir que los jueces dicten medidas cautelares para suspender procedimientos parlamentarios tiene muchos problemas:

1. Los ‘procedimientos parlamentarios’ pueden ser de diverso tipo: elaboración de leyes, antejuicio, juicio político, elección de altos funcionarios, comisiones investigadoras, etc. El Congreso pretendería no ser controlado aun cuando incurra en ilegalidades.

2. Cuando el Congreso es acusador o juzgador, puede afectar irremediablemente el debido proceso del acusado; o cuando selecciona para altos cargos, puede incurrir en vicios de inconstitucionalidad o ilegalidad (como ocurre con la actual elección del defensor).

3. En nuestra Constitución, la función del Poder Judicial está pensada para proteger derechos y para controlar el ejercicio del poder público. No existe algún poder exento de control. Si el Congreso realmente actúa en el marco de la legalidad, no debería tener temor de someterse a la decisión judicial, inclusive si se trata de una cautelar.

4. En sendas decisiones, la Corte IDH destaca la necesidad de respetar el debido proceso parlamentario y, por ello, debe existir un control externo. Este es ejercido a través de procesos judiciales y, por supuesto, echando mano de las medidas cautelares para evitar que se consuma una grave ilegalidad. Una norma como la que quiere aprobar el Congreso va en contra de todo esto.

Patricia Juárez, Fuerza Popular

Revés. Fujimorista Patricia Juárez, presidenta de la comisión de Constitución, emprende otro controversial proyecto de ley. Foto: difusión

Y congelan proyecto del Ejecutivo

Patricia Juárez (Fuerza Popular) apuró el dictamen, a partir de los proyectos 809 y 1043, tramitados en noviembre y diciembre del 2021.

Pero hay otro proyecto anterior, presentado por el Ejecutivo el 19 de octubre del 2021, que la fujimorista ha enviado a la congeladora. Se trata de la propuesta de reformas constitucionales para mejorar el equilibrio de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo.

Periodista. En la actualidad labora como redactor en el área de Política del Diario La República.