Defensoría rechaza dictamen que prohíbe medidas cautelares en procesos parlamentarios
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó dicha norma luego de que el Poder Judicial ordenara la suspensión de la elección del defensor del Pueblo por presunta falta de transparencia en el proceso.
La Defensoría del Pueblo manifestó su preocupación ante la aprobación del dictamen de la Comisión de Constitución que establece que “no procede medida cautelar cuando esté referida a detener el desarrollo de procedimientos parlamentarios”, como la elección de directores del Banco Central, magistrados del Tribunal Constitucional y defensor del Pueblo.
“Expresamos preocupación por el dictamen aprobado en Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, el cual busca que un juez constitucional no pueda cuestionar o detener un procedimiento parlamentario, como la elección de magistrados del Tribunal Constitucional, entre otros”, afirmó la Defensoría en un tuit.
La entidad recordó que, en enero de este año, la entonces primera adjunta Eugenia Fernán-Zegarra remitió un oficio al grupo de trabajo donde consideraba “inviable” dicha propuesta.
PUEDES VER: Admiten demanda para que comisión de Patricia Juárez elabore proyecto de reforma total de la Constitución
“Creemos que los jueces especializados en materia constitucional tienen la capacidad y aptitud de conocer los procedimientos cautelares instados contra cualquier entidad pública o privada, sea el Congreso de la República o sus propias comisiones. Además, con ello se asegura que los jueces superiores controlen la fundamentación vertida por las instancias inferiores, en caso se produzca un recurso de apelación”, dijo Fernán-Zegarra en su carta.
Finalmente, la Defensoría instó al Parlamento a reconsiderar el dictamen y tener en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el expediente 01230-2002-HC/TC, fallo cuyo quinto fundamento establece que “en un Estado Constitucional de Derecho no existen (ni pueden auspiciarse) zonas exentas de control constitucional, más allá de aquellas que la propia Constitución pueda haber establecido con carácter excepcional”.
Poder Judicial ordenó al Congreso suspender elección de defensor del Pueblo
El Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima accedió al pedido de medida cautelar del Sindicato de la Defensoría y ordenó la suspensión del proceso de elección de los candidatos aptos para defensor o defensora del Pueblo.
PUEDES VER: ¿Cuál es el escenario para María del Carmen Alva tras la denuncia penal en su contra por sedición?
En la resolución se advierte “un peligro inminente de que el referido proceso de elección (del defensor) termine realizándose sin los requisitos mínimos de publicidad, transparencia y participación de la sociedad civil”.
Tras la notificación, parlamentarios llamaron a no acatar la orden judicial, mientras que María del Carmen Alva cuestionó al gremio.
María del Carmen Alva sobre elección de defensor del Pueblo: Lo que hago es convocar, no tengo voz ni voto
La presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, comentó sobre la elección del defensor del pueblo y argumentó que el proceso se estaba realizando de manera transparente. Asimismo, indicó que ella no tenía voz ni voto y su única función era dirigir y convocar.
“La elección del defensor del pueblo se está haciendo de la forma más transparente, como siempre se ha hecho. Fue un acuerdo del pleno de que se hiciera en una comisión especial, representada por la Junta de Portavoces, y en mi caso yo lo único que hago es dirigir, convocar. Lo único que hago es dirigir, convocar. Yo no tengo voz, no tengo voto. Soy la que convoco y los demás deciden”, dijo a la prensa.