Política

ONPE mantiene prohibición de celulares y dispositivos audiovisuales en cámaras secretas

Los coordinadores de locales de votación deberán colocar un letrero con un mensaje expreso sobre la disposición y los miembros de mesa tendrán que recordársela a los electores.

Respaldo. Expertos europeos en procesos electorales felicitaron la labor del JNE y la ONPE. Foto: La República
Respaldo. Expertos europeos en procesos electorales felicitaron la labor del JNE y la ONPE. Foto: La República

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó una serie de disposiciones para mantener el orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndums y otras consultas populares. Por ello, ha dispuesto que mantendrá la prohibición del uso de celulares, cámaras fotográficas y de video dentro de las cámaras secretas.

Las medidas están contempladas en la Resolución Jefatural n.° 0000806, publicada en las normas legales del diario oficial El Peruano, todas de cumplimiento obligatorio de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. En ese sentido, tendrán que mantener una constante coordinación con la Secretaría General, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) y los Puntos Focales (PF) de la ONPE.

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Sobre el uso de dispositivos audiovisuales, la norma señala que los coordinadores del local de votación colocarán letreros en las aulas con la siguiente frase: Prohibido el uso de celulares, cámaras fotográficas y de video. También, los coordinadores electorales de la ONPE tendrán que pedir a los miembros de mesa que recalquen a los electores y personas la prohibición de dichos artefactos al ingresar a la cámara secreta.

Medidas de seguridad durante elecciones

En relación a las medidas de seguridad que deberán mantenerse en locales de votación, la norma establece que los efectivos de las FF. AA. y la PNP que se encuentren encargados de custodiar los locales, solamente permitirán el ingreso de los ciudadanos que votan en dicho lugar. Es decir, no permitirán que otras personas entren a excepción de funcionarios de los organismos electorales, personal del Ministerio Público, personeros y observadores debidamente acreditados.

Asimismo, estará habilitado que quienes acompañen a un elector con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas o dando de lactar y personal de medios de comunicación debidamente acreditados, podrán ingresar a los centros de votación.

Otra de las disposiciones señala que los miembros de mesa; es decir, titulares y suplentes, además de personeros, no podrán ser apresados por ninguna autoridad, desde 24 horas antes y hasta 24 horas después de las elecciones, salvo caso de flagrante delito.

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