Política

Ley de cuestión de confianza: la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en juego

Audiencia. La demanda de inconstitucionalidad contra esta norma interpretativa quedó al voto en el Tribunal Constitucional. Para el procurador Luis Huerta, la defensa del Parlamento insiste en contradecir los precedentes sobre el tema.

Expectativa por la decisión. Ante la partida del magistrado Carlos Ramos, solo quedan en el TC seis jueces constitucionales, entre ellos el ponente de este caso, Eloy Espinosa-Saldaña. Foto: difusión
Expectativa por la decisión. Ante la partida del magistrado Carlos Ramos, solo quedan en el TC seis jueces constitucionales, entre ellos el ponente de este caso, Eloy Espinosa-Saldaña. Foto: difusión

El conflicto entre el Ejecutivo y el Congreso por la ley de interpretación auténtica de la cuestión de confianza quedó al voto en el Tribunal Constitucional (TC). Ayer fue la audiencia para que las partes involucradas defiendan sus posturas.

La defensa legal del Parlamento, integrada por el constitucionalista Aníbal Quiroga y el exmagistrado Víctor García Toma, detalló sus reales intenciones para que esta norma en discusión sea declarada constitucional: dicen que esto corregirá los anteriores fallos del Tribunal y que evitará posibles arbitrariedades del Gobierno.

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La cuestión es que, como denunció el procurador del Ejecutivo Luis Huerta, los abogados del Legislativo buscan que el TC desconozca sus sentencias anteriores sobre este tema, alterando su jurisprudencia.

En el 2018, el TC falló en contra de una modificación del reglamento del Congreso que buscaba regular la cuestión de confianza porque esta afectaba el balance de poderes. Con el mismo argumento, al año siguiente el Tribunal resolvió a favor del Ejecutivo en una demanda competencial del Parlamento contra su disolución, ejecutada por el entonces presidente Martín Vizcarra, debido a una segunda denegatoria de la cuestión de confianza.

Estos son los dos precedentes en los que el TC abordó este punto y que fueron usados en los alegatos de Huerta.

En la audiencia, Quiroga argumentó que la jurisprudencia evoluciona de acuerdo a la realidad. “Esa sentencia que cita el Ejecutivo no ha tenido en cuenta la pandemia”, apuntó.

La razón de la ley de la cuestión de confianza, añadió Quiroga, es evitar que haya un cierre del Congreso como el que hubo en el gobierno de Vizcarra y que, en los cinco o seis meses del interregno constitucional, mediante un decreto de urgencia, se convoque a una asamblea constituyente. “Como no hay Congreso que lo controle, no se va a poder parar; entonces vamos a entrar en un caos constitucional”, sostuvo.

El otro abogado del Congreso, Víctor García Toma, sostuvo que “dentro de la estructura del Estado el primer intérprete de la Constitución es el Congreso”. Esta declaración sorprendió al procurador, pues para el Gobierno, el máximo órgano intérprete es el Tribunal Constitucional.

Pero García Toma siguió. “Se ha aludido a la existencia de una jurisprudencia del TC. Esa jurisprudencia tiene problemas: no cumple con haber previsto las consecuencias”, enfatizó, en referencia a que, desde el punto de vista de la defensa del Congreso, la falta de delimitación de la cuestión de confianza llevó a la negación fáctica usada por Vizcarra para la disolución del Legislativo.

Ley de cuestión de confianza: la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en juego

Ley de cuestión de confianza: la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en juego

Respuesta del Ejecutivo

El procurador Luis Huerta les respondió cuestionando que Quiroga apele a que la jurisprudencia del TC es relativa al contexto y que García Toma diga que la ley de interpretación de la cuestión de confianza pretende corregir las anteriores resoluciones del Tribunal.

Asimismo, protestó porque García Toma cuestione tales precedentes. “Él ha señalado que lo que busca la norma es corregir el error de la jurisprudencia del TC, enmendar la plana y decirle al Tribunal que está equivocado y que los magistrados que firmaron eso están equivocados”, denunció.

Huerta también recordó que la ley de cuestión de confianza implicaba una reforma constitucional, pero en el Congreso optaron por una norma ordinaria. Para el procurador, la ley de interpretación surge cuando hay duda sobre un tema. “Pero en el caso de la cuestión de confianza, las dudas fueron sometidas al TC”, recalcó.

El caso quedó al voto. El magistrado ponente es Eloy Espinosa-Saldaña. La declaratoria de inconstitucionalidad de esta ley depende de que cinco integrantes del Pleno voten a favor de ello. Actualmente son seis magistrados en el TC.

Congreso

Más poder. Congreso busca restar atribuciones al Ejecutivo. Foto: difusión

Preguntas y observaciones

El magistrado Eloy Espinosa-Saldaña le preguntó al procurador Luis Huerta si la ley de la cuestión de confianza debe ser por reforma constitucional. Huerta respondió que sí, pues es un tema que tiene que ver con el equilibrio de poderes.

El constitucionalista Omar Cairo aclaró que por decreto de urgencia es imposible convocar a una asamblea constituyente, en referencia a los argumentos expuestos por Aníbal Quiroga.

Reacciones

Luis Huerta, procurador del Ejecutivo

“García Toma ha señalado que lo que busca la norma es corregir el error de la jurisprudencia del TC, enmendar la plana y decirle al Tribunal Constitucional que está equivocado”.

Aníbal Quiroga, abogado del Congreso

“La jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) va evolucionando y se produce sobre una realidad subsecuente. Esa sentencia que cita el Ejecutivo no tuvo en cuenta la pandemia”.

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