Política

Presentan iniciativa para reducir sanciones a candidatos que no entreguen reportes financieros

Proyecto de ley de Enrique Wong también dispone la reconsideración de multas de comicios pasados, pese a que la Constitución establece que las nuevas normas no son retroactivas.

Enrique Wong es congresista por Podemos Perú y tercer vicepresidente del Parlamento. Foto: Congreso
Enrique Wong es congresista por Podemos Perú y tercer vicepresidente del Parlamento. Foto: Congreso

El congresista de Podemos Perú y tercer vicepresidente del Parlamento, Enrique Wong, presentó este lunes 25 de octubre un proyecto de ley que tiene como objetivo reducir las sanciones que se les imponen a los candidatos que no presentan el reporte financiero, documento que contiene la información detallada de los ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

En efecto, la iniciativa legislativa 533-2021-CR busca modificar el artículo 36-B del dictamen N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, a fin de que la multa mínima sea de solo una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). La norma vigente establece una pena mínima de 10 UIT para los aspirantes a un cargo público que no informen a la ONPE sobre el financiamiento y egresos de campaña.

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Asimismo, el mencionado proyecto de ley implica la introducción del siguiente párrafo. “Para la aplicación de la multa, se deberá tomar en consideración, adicionalmente a los criterios de graduación consignados en el reglamento respectivo, si se está frente a una candidatura de alcance nacional, regional, provincial o distrital y el número de votantes de la circunscripción electoral del candidato sancionado”.

Retroactividad

Según Wong Pujada, el proyecto tiene como fin resolver un supuesto vacío legal en el tratamiento de las sanciones y definir “claramente desde cuando un ciudadano es considerado candidato para efectos de los informes de egresos e ingresos en las campañas electorales”.

En ese sentido, la iniciativa también precisa que se considera candidato a aquella persona que fue inscrita como tal por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a través de una resolución. “En caso de producirse una exclusión, el candidato tendrá la obligación de presentar su informe de gastos e ingresos efectuados hasta el momento en que se haya producido la exclusión”, reza el documento.

De igual manera, el texto propuesto dispone que la norma es “aplicable también para el caso de los procesos electorales anteriores”, a pesar de que la Constitución Política del Perú, en el artículo 103, establece que “ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivos”.

“Se dispone que las personas afectadas (multados en comicios anteriores) podrán interponer un Recurso Extraordinario Excepcional, el cual se presentará ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en un plazo no mayor de treinta días hábiles (30) desde la vigencia de la presente Ley”, se lee en el proyecto del dictamen.

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