Walter Ríos: Poder Judicial declara infundado su pedido de cese de prisión preventiva
El expresidente de la Corte del Callao, investigado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, alegó problemas de salud para requerir su excarcelación.
El juez Hugo Núñez Julca, titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, declaró infundado el pedido de cese de prisión preventiva que solicitó el expresidente de la Corte del Callao Walter Ríos, quien es investigado por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho pasivo específico, en el marco del caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
De acuerdo a la resolución judicial, la defensa legal de Ríos Montalvo indicó que su patrocinado presenta enfermedades que arriesgan su bienestar frente a la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19) dentro del penal Ancón I, donde cumple con la orden de 36 meses de prisión preventiva desde julio del 2018, así como una disminución del peligro de fuga.
Las enfermedades que presenta el extitular de la Corte del Callao, de acuerdo a un informe médico pericial realizado el último 25 de mayo, son: diabetes no controlada, hiperlitemia, obesidad grado 1, síndrome metabólico, pólipos vesiculares y una opacidad en el área retrocardiaca (pulmón).
Al respecto, el magistrado señala que el riesgo de contagio por una pandemia no está previsto en el Código Procesal Penal como un supuesto de cese de prisión preventiva. Asimismo, indicó que Ríos Montalvo no puede beneficiarse de las medidas que dispuso el Poder Ejecutivo para deshacinar las cárceles de forma excepcional, debido a que se excluyó de esa norma a los investigados por delitos contra la Administración Pública y organización criminal.
“La sola emergencia sanitaria, desde el punto de vista legal, no permite la excarcelación de un interno”, reza el documento judicial.
Además, Núñez mencionó que Walter Ríos no comparte celda con otros internos, situación a la que consideró “privilegiada” considerando la sobrepoblación y hacinamiento.
Sobre la proporcionalidad de la medida de restricción, el letrado señaló que, en su caso, la prisión preventiva continúa cumpliendo con ese principio, ya que existiría un riesgo de evitar la acción de la justicia u la obstaculización de la averiguación de la verdad.
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