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Política

Jueza dicta 24 meses de prisión preventiva a Castañeda

Preventiva. Jueza María Álvarez consideró que con Castañeda Lossio en libertad hay peligro de obstrucción a la justicia y hay sospechas graves de su responsabilidad en asociación ilícita, lavado de activos y colusión agravada. Estará en prisión hasta febrero del 2022. Sobre José Luna y Giselle Zegarra también hay graves sospechas de ilícitos, pero evitaron la cárcel por su conducta procesal.

En apenas tres audiencias, el exalcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio, pasó de la sonrisa burlona a la resignación e impotencia, cuando la jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho dispuso 24 meses de prisión preventiva en su contra, al declarar fundado el pedido formulado por la fiscal del Equipo Especial Milagros Salazar.

Los coinvestigados José Luna y Giselle Zegarra se salvaron de prisión, pero se les impuso una caución de 500 mil soles para el propietario de Telesup y 50 mil para la exasesora municipal, además de algunas restricciones, como no comunicarse con los otros implicados ni testigos y pasar el control biométrico los primeros días de cada mes.

Durante la lectura de la resolución, la jueza fue explicando los motivos de su decisión en los tres presupuestos que se requerían para la prisión preventiva, iniciando con los fundados y graves elementos de convicción, prognosis de pena (pronóstico de los años de prisión) y peligro procesal, que incluye peligro de fuga y obstrucción a la justicia.

En el primer presupuesto, la titular del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria en Delitos de Corrupción de Funcionarios explicó que hay fundados motivos para generar sospecha grave de asociación ilícita, colusión agravada y lavado de activos en el caso de Castañeda Lossio. La jueza sostiene que se ha probado la existencia de un “esquema” de asociación ilícita con la contratación de Jaime Villafuerte como gerente de Promoción de la Inversión Privada de la MML y Giselle Zegarra como asesora externa, quienes favorecieron los intereses de OAS.

La magistrada sostuvo que se presume que Castañeda sería el líder de esa organización que recibió aportes de OAS y Odebrecht para beneficiarlos si ganaba las elecciones del 2014.

Agregó que hay fundados elementos de convicción de los presuntos delitos de Luna en asociación ilícita y lavado de activos; mientras que, en el caso de Giselle Zegarra, hay fundados motivos para la asociación ilícita y colusión agravada, pero no el tráfico de influencias.

Luis Castañeda Lossio. Foto: La República.

Luis Castañeda Lossio. Foto: La República.

Segundo presupuesto

Tras considerar que se cumple el primer presupuesto para los tres investigados, la jueza pasó de inmediato a explicar los motivos de su decisión para el segundo presupuesto, que es la prognosis de la pena, en el que se pide una prisión mínima de 4 años.

En el caso de Castañeda Lossio, recordó que la fiscal Salazar pidió 35 años, pero en su criterio la probable pena para el exalcalde de Lima es de 25 años y cuatro meses, con lo que supera largamente los 4 años de pena mínima para que se apruebe este presupuesto.

Sostuvo que la probable pena de prisión para José Luna es de 13 años y 4 meses; mientras que para Giselle Zegarra la pena probable es de 22 años y 4 meses. En ambos casos supera los 4 años, por lo que la jueza dio por cumplido este segundo presupuesto.

Con los dos presupuestos aprobados, la prisión dependía de la decisión de la magistrada en el tercer presupuesto sobre peligro procesal. En esta oportunidad, la jueza inició explicando el caso de Giselle Zegarra.

Consideró que posee arraigo domiciliario, no existe peligro de fuga grave, la posibilidad de abandonar el país se ha desvanecido, se sometió a las investigaciones cuando fue requerida y no existe posibilidad de obstrucción a la justicia, por lo que no se configura el tercer presupuesto para prisión preventiva. De esta forma se descartaba la prisión para Zegarra, pues deben cumplirse todos los presupuestos.

Luego fue el turno de José Luna. La jueza desestimó la posición de la fiscal Milagros Salazar al considerar que tiene arraigo domiciliario y familiar (con dos hijas menores de edad). Asimismo, no se evidencia peligro de abandono del país, tiene arraigo laboral, político y no hay obstaculización, por lo que tampoco se cumple el tercer presupuesto.

La prisión

Al explicar el caso de Luis Castañeda en el tercer presupuesto, inicialmente la magistrada Álvarez sostuvo que el exburgomaestre sí tiene arraigo domiciliario, familiar, laboral e incluso no hay peligro de abandono del país ni de fuga, por lo que se pensaba que, al igual que Luna y Zegarra, se libraría de la prisión.

Sin embargo, consideró que en este caso sí hay peligro de obstaculización a la justicia. Entre otros motivos, aludió al pedido que Castañeda le hizo a Bustamante para “que no eche a Luna y Zegarra”, lo que evidenciaba una voluntad de manipular las versiones en su beneficio. Asimismo, explicó que con Castañeda en libertad hay peligro de influir en los imputados y se basó en la versión de José Luna, quien en una declaración ante la fiscalía confesó que el exlíder de Solidaridad Nacional le dijo que asuma los aportes de la campaña del 2014 para encubrir a Bustamante.

Ante ello, manifestó que en el caso de Castañeda sí se cumple el tercer presupuesto de prisión preventiva por el peligro procesal en la parte de obstrucción a la justicia. Precisó que la defensa del exalcalde le pidió, en caso se determine prisión, que se le varíe a arresto domiciliario por estar en mal estado de salud.

La jueza María Álvarez explicó que los documentos sobre la salud de Castañeda presentados por su defensa son de junio del 2019, cuando debió ser actualizado, por lo que considera que no ha cumplido con presentar elementos de convicción para pedir otra medida que no sea la prisión preventiva.

Al concluir la lectura de la resolución, la jueza dispuso el arresto inmediato de Luis Castañeda, quien no ocultó su desazón y por un momento se quedó inmovilizado en su asiento hasta que la policía lo trasladó.

La defensa de Castañeda apeló el fallo. La fiscalía también apeló el plazo de prisión para el exalcalde y la comparecencia para Zegarra y Luna.

Castañeda fue trasladado a la carceleta del Poder Judicial y por la noche al penal Castro Castro.

Luis Castañeda Lossio no había acudido a la anterior audiencia de prisión preventiva. Foto: Michael Ramón / La República

Luis Castañeda Lossio no había acudido a la anterior audiencia de prisión preventiva. Foto: Michael Ramón / La República

Denuncias que no prosperaron

Castañeda fue presidente del IPSS de 1990 a 1996. El Colegio Médico del Perú lo denunció por presuntamente favorecer a las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) y dejar sin medicinas ni atención a un millón 700 mil trabajadores. Fue acusado de malversar US$ 84,5 millones.

En diciembre de 1996 fue nombrado presidente de la Caja del Pescador. Fue denunciado por presentar dos balances en 1997 con una diferencia de S/ 98 millones. Depositó S/ 16,5 millones en cuentas privadas y la deuda creció de 100 millones en 1996 a 400 millones en 1998.

En el 2005, la Municipalidad de Lima y Relima acordaron pagar una deuda de 35,9 millones en 10 años. Sin embargo, Comunicore compró la deuda y pagó S/ 14,6 millones. Al año siguiente, la Municipalidad pagó 35,9 millones de soles de deuda a Comunicore y luego esta fue liquidada.

Entre 2004 y 2006, Castañeda recibió S/ 189.140 por asignaciones extras, con el argumento de que desempeñaba la función de burgomaestre y de presidente regional de Lima. La Primera Fiscalía Anticorrupción lo denunció por el delito contra la administración pública (peculado doloso).

Respalda lucha contra la corrupción

Consultado sobre la prisión de Castañeda Lossio, el presidente Martín Vizcarra dijo que respalda “el trabajo que hace el Ministerio Público y el Poder Judicial. Y, respetando la independencia de poderes, respetamos las decisiones que tomen. Así que todo lo que sea trabajo de lucha contra la corrupción será respaldado por nuestro gobierno”.

José Luna se mostró de acuerdo en pagar la caución de 500 mil soles para evitar la prisión preventiva.