Resolución. Tribunal Constitucional revocó prisión preventiva. Consideró inconstitucionales los argumentos de la Sala Penal Nacional que ordenó su detención. Señala que se violó el derecho de defensa y la presunción de inocencia.,El ex presidente Ollanta Humala Tasso y la ex primera dama de la Nación Nadine Heredia Alarcón probablemente culminen hoy la prisión preventiva que se les impuso mientras se les investiga por recibir presuntos aportes de Odebrecht y Venezuela en la campaña electoral del 2011. Así, recuperarán su libertad, tras 274 días en prisión, pero seguirán siendo procesados por el delito de lavado de activos, solo que con comparecencia restringida y reglas de conducta, como acudir a firmar cada 30 días al juzgado y no cambiar de domicilio sin autorización judicial previa. PUEDES VER Ollanta Humala y Nadine Heredia saldrán en libertad tras revocatoria de prisión preventiva Humala no tendrá impedimento de salida del país y, formalmente, su esposa tampoco. Aunque ella sí debe justificar el motivo y pedir permiso al juzgado, si lo quisiera hacer. Carhuancho sigue Por mayoría, el Tribunal Constitucional revocó la prisión preventiva que les impuso el juez Richard Concepción Carhuancho el 13 de julio del 2017, que fue ratificado por la Sala Penal Nacional, integrada por los jueces Octavio Sahuanay Calsín, Iván Quispe Aucca y Jessica León Yarango. La sentencia establece que los argumentos utilizados para imponerles prisión preventiva son inconstitucionales, pero aunque la ley señale que en estos casos se podría sancionar a la autoridad que cumplió la infracción, el TC no impone ningún castigo a los magistrados, al considerar que no hubo intención dolosa. En los días previos a que se conociera este fallo, el fiscal superior coordinador de lavado de activos, Rafael Vela Barba, refirió que si el habeas corpus revocaba la prisión preventiva, Concepción Carhuancho sería retirado de su juzgado. Pues bien, no será así. El mencionado magistrado se mantendrá al frente del Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria. A lo mucho, lo que tendrá que hacer será cambiar algunos de sus métodos de trabajo que el TC no considera adecuados. Algo que ya venía haciendo Concepción Carhuancho, atendiendo otras críticas. Él mismo advirtió que podría afectar derechos fundamentales. Juicio mediático El TC cuestiona que se realicen audiencia apenas unas horas después de que la Fiscalía presente la solicitud de prisión preventiva, que estas sesiones duren más de 18 horas y que se emitan resoluciones de madrugada, pues esto podría afectar el derecho de defensa y, con ello, el debido proceso. “El nuevo modelo oralizado del proceso penal, si bien apunta a la efectividad del proceso en un tiempo corto, su desarrollo no puede dar lugar a poner en riesgo el efectivo ejercicio de los derechos fundamentales”, anota la sentencia del TC en el fundamento 153. También pide a los jueces y fiscales hacer el máximo esfuerzo para no dejarse influir por el juicio mediático, que no cumple las mínimas garantías del debido proceso y, además, respetar en todo momento la presunción de inocencia de los procesados. “Más allá del juicio mediático, y más allá de la gravedad de los cargos, los jueces deben recordar que tener ante sí a un procesado es interactuar, en principio, con una persona inocente, porque la protege la presunción de inocencia”, subraya la sentencia, en el fundamento 141. Votación Los siete magistrados del TC se reunieron a partir de las 10 de la mañana y tras un breve debate definieron el veredicto, que ya habían discutido desde el 21 de febrero pasado, y en el que solo faltaba el voto del magistrado Eloy Espinosa-Saldaña, que el último mes estuvo fuera del país. El presidente del TC, Ernesto Blume Fortini, y los magistrados Carlos Ramos Núñez, Eloy Espinosa-Saldaña Barrera y Augusto Ferrero Costa votaron a favor de declarar fundado el habeas corpus presentado por los abogados Luis Purizaca Furlong y Luis Otárola Peñaranda. En consecuencia, declararon nulas las resoluciones que impusieron la prisión preventiva y retrotrajeron las cosas a la condición anterior, esto es, se restableció la comparecencia restringida con reglas de conducta que deben cumplir Humala y Heredia. Los magistrados Manuel Miranda Canales, José Luis Sardón de Taboada y Marianella Ledesma Narváez emitieron votos en contra de revocar la prisión preventiva. En su exposición, la doctora Ledesma indica que la sentencia en mayoría establece nuevas reglas sobre la prisión preventiva. La decisión rápidamente trascendió a la prensa. El ex presidente Humala y su esposa recibieron la noticia en el penal de la Diroes, donde se encontraban junto a sus hijos. Tenían autorización del INPE para celebrar el cumpleaños de su hija mayor. Sentencia “Ha sido un debate amplio, alturado, sereno y sin restricciones, en el cual cada magistrado ha intervenido exponiendo sus puntos de vista y sus pareceres”, señaló el presidente del TC, Ernesto Blume, en la conferencia de prensa que ofreció al mediodía para dar a conocer la decisión. “Los derechos fundamentales o derechos humanos no tienen rostro. Los jueces constitucionales actuamos de acuerdo a lo que manda la Constitución y la ley, así como de acuerdo a lo que exige la defensa de los derechos humanos, que son intrínsecos, inherentes y propios de la persona humana, como el derecho a la libertad personal, el derecho al debido proceso, el derecho a la presunción de inocencia, el derecho a ser juzgado imparcialmente y el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, entre otros derechos”, subrayó. Blume indicó que el TC no ha juzgado la culpabilidad o inocencia de Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, pues esa es responsabilidad exclusiva del Poder Judicial, lo que el TC respeta. Anotó que se ha resuelto conforme a la Constitución, asumiendo su responsabilidad “y no lavándose las manos ni mucho menos actuando en forma pusilánime”. “Tenemos que ser absolutamente cuidadosos. La justicia mediática no es justicia. La única forma de fortalecer las instituciones y luchar de manera coherente contra la corrupción es constitucionalizándola de manera que resulte coherente con el respeto a los principios y derechos fundamentales”, enfatizó el magistrado. Ante una pregunta de La República, Blume indicó que el fallo no establece una jurisprudencia vinculante, pero sí algunos estándares sobre la prisión preventiva, que todos los jueces y fiscales deberán tomar en cuenta. Notificación La sentencia fue publicada en la tarde en la página web y notificada al procurador del Poder Judicial y los abogados defensores. Luego, será notificada a la 3ª Sala Penal de Reos Libres de Lima y, de allí, pasará al 40º Juzgado Penal de Lima. También se notificará a los jueces de Piura; pero, por cercanía, se entiende que serán los de Lima quienes oficien al INPE la excarcelación de Ollanta Humala y su esposa. En cifras - 274 días de prisión preventiva cumplen hasta hoy el ex presidente Ollanta Humala y Nadine Heredia, desde el 13 de julio del 2017. - S/50 mil de caución depositaron Humala y Heredia por la comparecencia, el 2016. Ledesma cuestiona fallo y alerta mal precedente - La magistrada del Tribunal Constitucional Marianella Ledesma alertó que el fallo que ordena la liberación del ex presidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia crea una serie de reglas difíciles de cumplir por el Ministerio Público cuando defienda otros pedidos de prisión preventiva. “Con la aprobación del habeas corpus se debilitan los estándares para construir las prisiones preventivas. Las reglas que ha creado la mayoría del Tribunal Constitucional serán difíciles de materializarse y, por lo tanto, será complicado obtener prisiones preventivas”, dijo en diálogo con RPP. La magistrada explicó que la lógica expuesta en el fallo a favor de Humala y Heredia no es aislada, por lo que podrá utilizarse para otros casos. “Este fallo se extiende para todos en general, como un efecto de réplica, ya que a igual hecho, igual derecho. Nosotros, como jueces constitucionales, no solo debemos privilegiar la libertad humana, sino también el impacto que tendrán nuestras decisiones”, dijo. Ledesma consideró que el caso del ex presidente y su esposa trasciende a toda la clase política del país. Ello porque los ex presidentes Alan García y Alejandro Toledo, la ex candidata presidencial Keiko Fujimori y la ex alcaldesa de Lima Susana Villarán también son investigados por los presuntos aportes de Odebrecht a sus campañas electorales. “A la luz del fallo sería muy difícil que reciban prisión preventiva. Si ustedes leen mi voto verán que comienzo diciendo que este es un caso emblemático que tendrá un efecto reflejo en la clase política del país”, explicó Ledesma. “Resulta preocupante cómo responde el sistema judicial frente a situaciones de corrupción; de repente construyendo artificios jurídicos que puedan justificar determinadas miradas”, agregó Por otro lado, la magistrada cuestionó que el Ministerio Público no haya actuado con prontitud en las investigaciones contra el ex presidente y su esposa. “No podemos dejar de señalar que la Fiscalía debió actuar con mayor celeridad dada la trascendencia del caso. No es poca cosa que un ex presidente termine detenido”, dijo.