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Abelardo De La Espriella es cuestionado por su doble nacionalidad, pero Tribunal Superior de Bogotá negó tutela

La Sala Quinta de Decisión Civil concluyó que el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría no vulneraron derechos fundamentales al permitir la participación de De la Espriella en el proceso electoral.

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la tutela que impedía el ejercicio presidencial de Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad. Foto: AFP.
El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la tutela que impedía el ejercicio presidencial de Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad. Foto: AFP.

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó en primera instancia la tutela que buscaba impedir el ejercicio presidencial de Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad estadounidense, al considerar que no existe inhabilidad constitucional por ese hecho.

La decisión fue adoptada por la Sala Quinta de Decisión Civil, que concluyó que ni el Consejo Nacional Electoral ni la Registraduría Nacional del Estado Civil vulneraron derechos fundamentales al permitir la participación del mandatario en el proceso electoral. El fallo también dejó abierta la posibilidad de apelación en segunda instancia.

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"El convocante deprecó el amparo de sus garantías supralegales a la participación política, a la soberanía popular, al debido proceso electoral, a la supremacía constitucional, 'principio democrático' y 'garantía de efectividad de derechos y preservación del orden constitucional', que estima conculcadas por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, al haber permitido y mantenido la participación del ciudadano Abelardo Gabriel de la Espriella Otero en el certamen", se lee en el fallo.

Una acusación no procedente

El recurso había sido presentado por el ciudadano Gary Ernesto Martínez Gordón, quien alegó presuntas afectaciones a la participación política, la soberanía popular y el orden constitucional. Sin embargo, el tribunal determinó que las normas de inhabilidades no contemplan la naturalización o la doble nacionalidad como causal automática de inelegibilidad para un colombiano por nacimiento.

La Sala se apoyó en jurisprudencia de la Corte Constitucional, especialmente la Sentencia C-151 de 1997, que establece que los colombianos por nacimiento no pierden sus derechos políticos ni la posibilidad de ocupar cargos públicos por adquirir otra nacionalidad.

De acuerdo con el abogado Germán Calderón España, representante de De la Espriella, el fallo ratifica que la doble nacionalidad no constituye impedimento para aspirar a la Presidencia, salvo en los casos expresamente previstos por la Constitución. El letrado afirmó que la decisión confirma que las restricciones no pueden ampliarse por vía interpretativa.

El caso también había sido impulsado por cuestionamientos políticos, entre ellos los del excandidato Iván Cepeda, quien planteó reparos sobre la ciudadanía estadounidense del presidente y sus posibles implicaciones en materia de lealtades y compromisos internacionales.

Con este fallo, el tribunal respaldó la participación de De la Espriella en el escenario político, al considerar que no se configura ninguna inhabilidad por su condición de colombiano por nacimiento con otra nacionalidad.

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