AFP: afiliados podrán cambiar de comisión desde diciembre, pero su fondo acumulado no pagará el nuevo cobro
La SBS fijó el procedimiento para que quienes aún pagan comisión sobre su remuneración puedan migrar al esquema sobre saldo. La elección será entre diciembre de 2026 y mayo de 2027 y tendrá carácter irreversible.

Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que todavía pagan una comisión calculada sobre su remuneración podrán decidir desde el 14 de diciembre de 2026 si mantienen ese esquema o migran a una comisión sobre saldo. Si optan por el cambio, el fondo que hayan acumulado hasta que la migración sea efectiva no quedará sujeto al nuevo cobro, ni tampoco la rentabilidad generada por ese monto. La comisión sobre saldo se aplicará únicamente a los nuevos aportes que correspondan bajo el esquema elegido, según el procedimiento establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). La decisión podrá ejercerse hasta el 14 de mayo de 2027. Quienes no comuniquen ninguna elección dentro de ese periodo permanecerán en la comisión sobre remuneración.
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¿Cómo será el proceso?
La elección no será automática. Durante el periodo establecido, las administradoras deberán brindar información para que cada afiliado pueda comparar las dos alternativas antes de comunicar su decisión.
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La SBS dispuso que las empresas administradoras de fondos implementen una estrategia de comunicación, información y orientación sobre las características de cada esquema, los efectos de la migración, los plazos, los medios para ejercer la opción y el funcionamiento del periodo de transición.
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Un elemento central del procedimiento será la información personalizada. Las administradoras deberán poner a disposición del afiliado una comparación que incluya las comisiones que pagaría bajo cada alternativa, el saldo acumulado proyectado y la suma de aportes y comisiones descontados de la remuneración.
De esta manera, el trabajador no tendrá que basar su decisión únicamente en el porcentaje de comisión. La comparación deberá mostrar cómo evolucionaría su cuenta bajo cada modalidad, considerando las variables utilizadas para realizar las proyecciones.
¿Qué diferencia hay entre ambas comisiones?
La comisión sobre remuneración —también conocida como comisión sobre flujo— se calcula como un porcentaje del ingreso del afiliado. En cambio, bajo la comisión sobre saldo, el cobro se realiza sobre el saldo afecto administrado por la AFP. La SBS reconoce actualmente ambos esquemas dentro del SPP.
La diferencia adquiere importancia porque el monto que se paga puede evolucionar de manera distinta a lo largo de la vida laboral. En el esquema sobre remuneración, el cobro está vinculado al ingreso mensual; mientras que en el de saldo, la base sobre la que se calcula la comisión está relacionada con los recursos sujetos al nuevo esquema.
Actualmente, por ejemplo, las tasas de comisión sobre flujo que cobran las cuatro AFP van desde 1,47% hasta 1,69% de la remuneración bruta mensual, según la información de la SBS correspondiente a setiembre de 2026. En paralelo, las comisiones anuales sobre saldo vigentes para los esquemas respectivos se ubican entre 0,68% y 1,25%.
Sin embargo, estas tasas actuales no permiten por sí solas determinar qué esquema resultará más conveniente para cada afiliado. La comparación depende, entre otros factores, del nivel de remuneración, los años que faltan para la jubilación, el saldo acumulado y la evolución de los nuevos aportes.
El dinero acumulado antes del cambio queda fuera
Uno de los puntos más relevantes de la nueva regulación es el tratamiento del fondo que el afiliado ya tiene acumulado.
Si una persona decide migrar, el saldo existente hasta la fecha en que la modificación se haga efectiva será considerado saldo inafecto. Esto significa que ese dinero no pasará a ser la base para calcular la comisión sobre saldo. La rentabilidad que genere ese fondo también permanecerá fuera del cobro.
En cambio, los nuevos aportes realizados desde el momento en que corresponda aplicar el nuevo esquema formarán el saldo afecto. Sobre estos recursos sí se calculará la comisión correspondiente.
La diferencia es importante porque la migración no equivale a tomar todo el ahorro acumulado durante la vida laboral y someterlo nuevamente al cobro. El cambio modifica la forma en que se aplicará la comisión hacia adelante.
Habrá siete años de transición
El paso de una modalidad a otra tampoco será inmediato. La SBS estableció una transición de siete años, durante la cual coexistirán los dos componentes de cobro.
En ese periodo se aplicará una comisión mixta, con una parte vinculada a la remuneración y otra asociada al saldo afecto. El componente sobre remuneración disminuirá progresivamente hasta desaparecer. Una vez concluida la transición, quedará únicamente la comisión sobre saldo para los recursos que correspondan.
De este modo, el mecanismo llevará de manera gradual a los afiliados que opten por el cambio desde el esquema sobre remuneración hacia el cobro basado en el saldo generado posteriormente.
La reforma previsional ya había establecido una transición hacia este tipo de comisión para los nuevos afiliados. De hecho, la información vigente de la SBS muestra que, desde febrero de 2023, en el esquema de comisión mixta el componente sobre flujo llegó a 0%, por lo que para esos afiliados quedó únicamente el componente sobre saldo.
La nueva regulación aborda ahora la situación de quienes permanecieron en la comisión sobre remuneración y les permite decidir si continúan allí o se incorporan progresivamente al esquema sobre saldo.

































