Economía

Petroperú: Defensoría del Pueblo presenta al TC demanda de inconstitucionalidad contra decreto privatizador

La Defensoría del Pueblo interpuso recurso ante el Tribunal Constitucional para frenar el decreto de urgencia del régimen de José Jerí que dispone el desmembramiento de Petroperú y allana su posterior privatización.

El Tribunal Constitucional definirá la validez del decreto que encarga a Proinversion la privatización de Petroperú
El Tribunal Constitucional definirá la validez del decreto que encarga a Proinversion la privatización de Petroperú | Foto: Composición LR

La Defensoría del Pueblo interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra el decreto de urgencia N° 010-2025 publicado por el gobierno transitorio de José Jerí que busca el desmembramiento de Petroperú y su posterior privatización, tal como lo han advertido diversos especialistas y colegios profesionales.

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Esta demanda rotulada en el Expediente N ° 00003-2026-AI fue presentada luego de una serie de gestiones y mesas de trabajo impulsadas por el Sindicato Unificado de los Trabajadores del Petróleo, Energía, Derivados y Afines de la Región Grau (SUTPEDARG).

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Demanda ante el TC por vicios de inconstitucionalidad

Según informó la organización sindical, esta acción constitucional es el resultado directo del trabajo desarrollado ante la Defensoría del Pueblo, en el que se expusieron los presuntos vicios de inconstitucionalidad del mencionado decreto de urgencia emitido por el régimen de Jerí.

Según el documento, toda reforma estructural, reorganización integral o modificación del régimen jurídico de Petroperú solo puede disponerse mediante una Ley del Congreso, basado en el debate parlamentario y la seguridad jurídica.

larepublica.pe

Ello va en línea con lo que previamente advirtió el Colegio de Abogados de Lima (CAL), que sostuvo que el decreto “carece de sustento constitucional y legal”, al no haberse acreditado la existencia de una situación extraordinaria e imprevisible que justifique su emisión, conforme a lo establecido en el artículo 118°, inciso 19, de la Constitución Política del Perú.

Dicho artículo de la Carta Magna establece que el presidente de la República puede "dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso", precisando además que el Parlamento puede modificar o derogar los referidos decretos.

La demanda de inconstitucionalidad que presentóe el Defensor del Pueblo Josué Gutiérrez ante el TC se dirige contra el presidente José Jerí, el presidente del Consejo de Ministros Ernesto Álvarez Miranda y el procurador público a cargo de los Asuntos Judiciales de la PCM, Carlos Cosavalente Chamorro. Según la exposición, se vulnera la naturaleza jurídica conforme al principio de la separación de poderes consagrado en el principio de jerarquía normativa.

"La demanda presentada constituye un paso trascendental en la defensa de los derechos laborales y de los intereses del sector energético y petrolero, reafirmando el rol de la Defensoría del Pueblo como garante del orden constitucional y de los derechos fundamentales", sostuvo el gremio.

La dirigencia señaló que continuará impulsando todas las acciones legales e institucionales que correspondan, manteniendo informados a sus afiliados sobre el desarrollo y los avances del proceso ante el Tribunal Constitucional.

Además, exhortó a sus bases a mantener la unidad, la calma y la confianza en la organización sindical, ratificando su compromiso de actuar con firmeza y responsabilidad en la defensa de los intereses colectivos del sector.

La Defensoría del Pueblo informó que garantizarán que las decisiones estatales se adopten con responsabilidad, oportunidad y enfoque en el bienestar de la comunidad.

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