¿Pueden embargar mi casa si no estoy al día en el pago del impuesto predial hasta el 28 de febrero? Esto dice la norma en Perú
El incumplimiento en el pago del impuesto predial puede generar sanciones, intereses y procesos de cobranza coactiva. Conoce las disposiciones legales vigentes y las medidas que pueden aplicar.
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El impuesto predial es un tributo anual que deben pagar todos los propietarios de bienes inmuebles en Perú. Su recaudación está a cargo de las municipalidades y constituye una de las principales fuentes de financiamiento para obras públicas y servicios locales. El incumplimiento en el pago de este impuesto puede generar varios perjuicios a los deudores que no regularizan esta situación
Para el año 2025, el plazo límite para realizar el pago al contado del impuesto predial vence el último día de febrero, es decir, el 28. Para el pago, existen dos alternativas, el cuál se adecúa a las posibilidades del propietarios. Además, la normativa establece mecanismos de reajuste y sanciones para aquellos contribuyentes que no cumplan con esta obligación tributaria en los plazos establecidos.
¿Qué pasa si no pago el impuesto predial antes del 28 de febrero en Perú?
Según el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N.º 156-2004-EF, el impuesto predial puede pagarse en una sola cuota o de manera fraccionada en cuatro partes. Si el contribuyente no cancela la primera cuota antes del 28 de febrero, pierde la posibilidad de fraccionar el pago y se genera un interés moratorio desde el día siguiente al vencimiento.
Asimismo, la omisión en la presentación de la declaración jurada del impuesto predial dentro del plazo establecido también conlleva la imposición de una multa tributaria. La administración municipal puede adoptar medidas adicionales para exigir el pago de la deuda, incluyendo notificaciones y requerimientos formales.
Proceso de embargo por deuda del impuesto predial: lo que debes saber
Cuando un contribuyente acumula una deuda impaga por impuesto predial, la municipalidad puede iniciar un proceso de cobranza coactiva. Inicialmente, se emiten notificaciones instando al pago de la deuda. Si estas no son atendidas, se dicta una ordenanza coactiva que otorga un plazo de siete días para regularizar la situación.
Si la deuda persiste tras el vencimiento del plazo, la municipalidad puede proceder con el embargo de bienes del contribuyente, incluyendo cuentas bancarias, vehículos y, en casos extremos, su vivienda. La expropiación de un inmueble es una medida excepcional, aplicada solo cuando no se han logrado acuerdos de pago o soluciones alternativas.
Cómo evitar sanciones y embargos por falta de pago del impuesto predial
Para evitar sanciones y posibles embargos, es fundamental cumplir con el pago del impuesto predial dentro de los plazos establecidos. Algunas municipalidades ofrecen diversas opciones de pago, incluyendo plataformas digitales, bancos y agentes autorizados, facilitando el cumplimiento de esta obligación.
Además, es recomendable que los propietarios revisen periódicamente el estado de sus tributos y, en caso de dificultades económicas, se acerquen a la administración tributaria para evaluar posibles fraccionamientos o acuerdos de pago.
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