Bonos de Arrendamiento 2024: Gobierno asigna 29 subsidios habitacionales para Yurimaguas

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó la quinta convocatoria de este año para beneficiar a los damnificados por las intensas precipitaciones pluviales en Loreto.

Los beneficiarios recibirán bonos mensuales de S/500 hasta por dos años. Fuente: El Peruano
Los beneficiarios recibirán bonos mensuales de S/500 hasta por dos años. Fuente: El Peruano

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó la quinta convocatoria del año para el otorgamiento de 29 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE). Los beneficiarios serán los damnificados con viviendas colapsadas e inhabitables ante las intensas precipitaciones pluviales en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, Loreto. 

Yurimaguas, declarado en Estado de Emergencia el 29 de diciembre del año pasado mediante el Decreto Supremo Nº 147-2023-PCM, recibirá los BAE para el arrendamiento de las viviendas de los damnificados, como mecanismo de atención temporal a consecuencia de los desastres ocasionados por fenómenos de origen natural.  

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Asimismo, el otorgamiento de estos bonos, cuyo valor asciende a S/500, se realizará a través de una convocatoria aprobada por resolución y se otorgará con una periodicidad mensual por hasta dos años.

En ese sentido, la relación de potenciales beneficiarios se publicará el día de mañana a través de la página del MVCS (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo MiVivienda S.A. (www.mivivienda.com.pe), así como en la municipalidad del distrito y en el local del Centro de Atención al Ciudadano del MVCS en Loreto. 

La fecha a partir de la cual los potenciales beneficiarios pueden efectuar el primer cobro del BAE en el Banco de la Nación se publicará también en las páginas del Fondo MiVivienda S.A. y del MVCS. El cómputo del plazo del otorgamiento del bono se inicia en la fecha de su primer cobro en el Banco de la Nación por parte de cada beneficiario.

¿Qué documentación se deberá entregar?

Los beneficiarios, dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución ministerial, deberán presentar los siguientes documentos:

  • Solicitud de otorgamiento del BAE.
  • Declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen.
  • Contrato de arrendamiento de la vivienda suscrito con el arrendador de la misma con firmas legalizadas o, de ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato, declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

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