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Economía

Sindicatos podrán negociar mejoras económicas con las entidades públicas hasta el 15 de julio

Trabajadores estatales podrán concertar acuerdos en materia económica y condiciones de trabajo en la negociación colectiva descentralizada.

Acuerdos económicos no deben ser similares a los ya pactados en el nivel centralizado. Foto: La República
Acuerdos económicos no deben ser similares a los ya pactados en el nivel centralizado. Foto: La República

De acuerdo con la Ley n.º 31188, que regula la negociación colectiva en el Estado, las entidades públicas y los representantes de los sindicatos de los servidores civiles tienen hasta este sábado 15 de julio para negociar los acuerdos en materia económica y condiciones de trabajo, informó la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

Los acuerdos que se lleguen a pactar entre los sindicatos públicos y las diversas entidades estatales se dan en el marco de la negociación colectiva a nivel descentralizado. Al respecto, las materias negociables con incidencia económica no deben coincidir con los compromisos ya acordados en el nivel centralizado, como es el incremento salarial para el 2024 de S/100 en dos tramos para el personal y la entrega de un bono extraordinario de S/600 que se hará efectivo este año.

Fernando Cuadros, exviceministro de Empleo, dijo a La República que, si bien no se puede acordar un aumento de la remuneración ni un bono con las mismas características, sí se puede negociar "otras mejoras económicas como un bono por productividad".

"La Ley n.º 31188 establece el procedimiento de negociación colectiva en el sector estatal, donde se establecen los plazos, etapas y reglas para el correcto desarrollo de la suscripción del convenio colectivo que permitirá mejorar las condiciones de los servidores públicos; sin que ello implique una afectación al equilibrio presupuestario de la Administración pública, concordante con el principio de previsión y provisión presupuestal”, explicaron desde Servir.

Es importante mencionar que la negociación colectiva centralizada se realiza en un único proceso, con la representación mayoritaria de los servidores de las entidades comprendidas en la norma, indistintamente de su régimen laboral de vinculación. En relación con ello, los acuerdos tienen efectos para todos los trabajadores de las entidades públicas. En cuanto a la descentralizada, se lleva a cabo en el ámbito sectorial, territorial, y por entidad pública, o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente; además, los consensos aplican únicamente en el sector que corresponda a su celebración.

Licenciado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martin de Porres con especialidad en periodismo escrito y digital. Trabajé antes en la revista Bussines.