Indecopi allana la ruta para la venta de grasas trans sin octógonos
Juez y parte. Entidad retiró sanción a Bimbo amparándose en normas de la FDA de los EE. UU. por encima del mandato explícito de la legislación peruana que obliga a colocar advertencias sobre contenido de grasas prohibidas.
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) dejó sin efecto una sanción contra la empresa Panificadora Bimbo del Perú S.A. por comercializar pan blanco sin la advertencia publicitaria “Contiene grasas trans: evitar su consumo”, pese a que el producto sí contaba con estos aceites para la ley peruana.
En julio del 2019, el organismo que vela por la salud de los consumidores advirtió que el producto pan blanco sin bordes de Bimbo, expendido en la cadena Wong, no contaba con la advertencia de grasas trans en su empaque, por lo que transgredía la Ley de Alimentación Saludable. La multa dispuesta por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal llegó a principios de este año.
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Sin embargo, el pasado 21 de setiembre, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, en la que Silvia Hooker es su vicepresidenta, y también gerente de Asuntos Internacionales de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), decidió sorpresivamente levantar la multa al considerar que la ley peruana y el Manual de Advertencias Publicitarias “no precisan parámetros para las grasas trans”. En su lugar, Indecopi aplicó lineamientos de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. (FDA). Ello contravino, además, el informe que la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) preparó en setiembre del 2019 sobre este tipo de casos. No había espacio para interpretación alguna. La ley estaba.
La República intentó comunicarse sin éxito con Indecopi para recoger sus descargos.
Desprotección exprés
De acuerdo al abogado Jaime Delgado, esta resolución configura un completo despropósito, toda vez que dispone que si el producto tiene menos de 0,5% de grasas trans puede declararlo como “cero” (como si no tuviera nada) y está exonerada de colocar un octógono.
“En el Perú, si un producto contiene grasas trans, tienes que colocarle su octógono ‘Contiene grasas trans, evita su consumo’. La norma es expresa, no dice ‘a partir de tal nivel se pone advertencia’, como sí ocurre con el azúcar. Se le pone a todas. No se pueden aplicar normas de la FDA sobreponiéndose a la legislación nacional. Están atentando contra la salud de nuestros hijos”, explicó.
De esta forma, la sala habría interpretado que, al no haber una cantidad de grasas trans estipulada para que sea obligatoria la advertencia de publicidad, se pasa a tener como referencia el Codex Alimentarius. Pero, al no estar tampoco previsto en el Codex, corresponde guiarse por las disposiciones de la FDA.
“El argumento es el mismo que ha venido sosteniendo un sector de la industria en el sentido de que la norma de la FDA así lo dispone. De esta forma hace prevalecer la norma de Norteamérica por encima de la Ley de Alimentación Saludable 30021 y el Código de Protección y Defensa del Consumidor”, agregó.
Precedente nefasto
El también fundador de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) explica que, más allá de las 6 UIT de multa que Bimbo libró con esta absolución exprés, la decisión marca un terrible precedente para la seguridad alimentaria del país, pues, a partir de ahora, cualquier otro producto que contenga menos de 0,5 gramos de grasas trans por porción podrá declararse libre de ellas.
“En el año 2019, la versión de pan blanco Bimbo declaraba 0,7% de grasas Ttrans, en el 2021 declara 0% grasas trans. Nos preguntamos, ¿han reformulado su producto? Si es así, bien por ellos y los consumidores. ¿O es que ahora declaran 0%, a pesar de sí contenerlas, porque así se los ha autorizado Indecopi en su resolución, la cual permite, en función de una norma norteamericana, declararlo como cero si tiene menos de 0,5 gramos por porción?”, subrayó.
Por si fuera poco, gracias a decisiones cuestionables como esta existen hoy “muchísimos productos como la galleta Mini Choco V de Alicorp” que tienen grasas trans y no lo dicen o lo declaran como cero amparándose en los criterios FDA, refiere.
“Nos están obligando a comer a ciegas. Esto es una violación a la ley”, asestó Delgado.
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Conflicto de intereses en Indecopi
Tanto Jaime Delgado como el Consejo Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú denuncian que Silvia Hooker, además de vicepresidenta de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de Indecopi (junto a Ana Martinelli y José Perla), es también gerenta en la SNI, organización privada que agrupa al empresariado peruano de la industria manufacturera y “que tiene a Bimbo entre sus socios estrella”.
“Han dispuesto que primen las leyes de la FDA de Estados Unidos por encima de la ley peruana, lo cual es un absurdo. Aquí hay un clarísimo conflicto de intereses no visto por el señor Julián Palacín, y no ha sido el único caso”, espetó Delgado.
Claves
Deber. Según Delgado, la máxima autoridad de Indecopi, Julián Palacín, tiene que tomar cartas en el asunto para impugnar u observar estas resoluciones del comité especializado que contravienen contra la salud pública.
Historial. Hooker ya ha sido cuestionada en ocasiones anteriores por participar en revocatorias de decisiones de primera instancia en casos de Laive, Aval, Arcor, Molitalia, Gloria y Backus.
La palabra
Jaime Delgado, abogado
“Las grasas trans te bloquean las arterias, por eso es que nuestra legislación ya las prohibió. En el Perú, si un producto contiene grasas trans, tienes que colocarle su octógono (...). Están atentando contra la salud de nuestros hijos”.