
La revisión técnica vehicular es un proceso que busca garantizar que los vehículos en circulación mantengan condiciones adecuadas de seguridad y funcionalidad. Además, este procedimiento evalúa aspectos como el sistema de frenos, luces y otros componentes que permiten el funcionamiento adecuado del vehículo, contribuyendo a la reducción de riesgos en las vías públicas.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, regula el cronograma de revisiones, que se basa en el número de placa de los vehículos. Al respecto, conoce en esta nota cuáles son los vehículos que deben realizar la revisión técnica en mayo de 2025, en atención al último dígito de su placa.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) establece que los vehículos cuya placa de rodaje termina en el número 3 deben someterse a la primera revisión técnica obligatotia durante el mes de mayo de 2025.
Los propietarios de vehículos que cumplan con esta condición deben realizar la revisión técnica en un Centro de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Cabe señalar que la lista de los centros autorizados puede consultarse en la web oficial de la Sutran.
De acuerdo con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), los vehículos cuya placa termina en el número 3 deben pasar la primera revisión técnica en mayo de 2025. Esta medida aplica a los siguientes tipos de vehículos:
La revisión técnica es un proceso obligatorio que evalúa el estado general del vehículo, incluyendo aspectos como el sistema de frenos, las luces, la dirección, la suspensión y la emisión de gases. El objetivo de esta inspección es verificar que los vehículos estén en condiciones adecuadas para garantizar la seguridad vial y reducir el riesgo de fallas mecánicas que puedan ocasionar accidentes.
Si no se realiza la revisión técnica dentro del plazo establecido, el propietario incurre en una infracción al Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares. Las sanciones por no cumplir con la obligación incluyen multas, puntos en el récord del conductor y la posible retención del vehículo, lo que impide su circulación hasta que se cumpla con la inspección respectiva.
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