El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) implementó una nueva normativa dirigida a las personas que operan motocicletas, especialmente aquellas que brindan servicios de reparto a domicilio. Esta disposición establece la creación de un registro obligatorio y contempla sanciones severas, como multas de hasta S/4.280, equivalente al 0,8 de una UIT, además del decomiso del vehículo en caso de incumplimiento.
El objetivo principal de esta medida es formalizar la actividad de reparto y reforzar la seguridad en el transporte de encomiendas en todo el país.
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Conforme al Decreto Supremo N.º 006-2025-MTC, a partir del 17 de mayo será indispensable que todos los trabajadores, ya sean nacionales o extranjeros, que deseen desempeñarse en el servicio de delivery, se inscriban en el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.
Para completar el proceso de inscripción, se deberá presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI), carné de extranjería o el Registro Único de Contribuyentes (RUC), asegurando que los conductores cumplan con los requisitos legales para operar en este rubro de manera formal y segura.
Las personas que deseen obtener una autorización para prestar el servicio de delivery deben cumplir con las siguientes condiciones:





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