
El Poder Judicial informó que las personas que ultrajen, menosprecien u ofendan los símbolos patrios públicamente serán condenados a una pena máxima de cuatro años de prisión. De igual manera, el agravio en contra de la memoria de los héroes y próceres del Perú se encuentra contemplado bajo la misma normativa.
Esta medida también incluye el pago de 60 a 180 días multa, una figura que se calcula de acuerdo a los ingresos diarios del imputado multiplicado por los días determinados en la sentencia. El delito se verificará cuando exista una intención de menosprecio, ofensa o vilipendio, según el juez supremo Ricardo Brousset Salas.
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Otro aspecto importante será si el acto se realizó públicamente, si se difundió en medios de comunicación o con la presencia de otros ciudadanos. “Este menosprecio debe darse de manera pública, de tal manera que sea escuchado por varias personas. Y el contenido tiene que ser una ofensa”, señaló el juez Brousset.
Dentro de las ofensas que la ley considera como delito se encuentra la distorsión y alteración del mapa del país, así como sus fronteras. Arrojar, quemar o pisar la bandera y alterar el himno nacional agregando frases ofensivas se sancionará de acuerdo al artículo 344 del Código Penal.





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