La Municipalidad de Lima oficializó este miércoles 15 de febrero de 2023 la decisión de declarar zona intangible al Centro Histórico de Lima, que fue aprobada por el Concejo Metropolitano. Esta medida se efectuó por las protestas y enfrentamientos entre la Policía Nacional del Perú y manifestantes, lo que ha afectado al sector turístico en la capital. Pero ¿dónde queda el derecho a insurgir del artículo 46 de la Constitución? ¿Es constitucional esta medida? La República se comunicó con especialistas para que nos resuelvan estas dudas.
El Concejo Metropolitano declaró intangible al Centro Histórico de Lima con el objetivo de prohibir las concentraciones públicas que pongan en riesgo la seguridad. Esta decisión fue aprobada debido al gran caos que han generado los fuertes enfrentamientos entre la PNP y manifestantes durante las protestas.
La Municipalidad de Lima oficializó este miércoles 15 de febrero esta medida que no permite el desarrollo de marchas, manifestaciones ni concentraciones públicas y políticas que pongan en riesgo la seguridad y la salud pública.
El Acuerdo n.° 026, emitido por el Concejo Metropolitano, fue publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y señala que esta norma se adopta porque el Centro Histórico de Lima es catalogado como Patrimonio Cultural de la Humanidad reconocido por la Unesco.
Cabe señalar que esta medida es indefinida y permanente contra las marchas, concentraciones y manifestaciones . El Ministerio de Cultura, en coordinación con la Policía y la Procuraduría Nacional, protegerá esta zona de la capital.
El acuerdo engloba un área de 10,32 km². Dentro de la zona intangible, se encuentra el Palacio de Gobierno, Palacio Municipal, las plazas de Armas, San Martín, Bolívar, 2 de Mayo, Ramón Castilla, Bolognesi, Alameda de los Descalzos, el cuartel militar Barbones, el hospital Almenara, el Instituto Superior Tecnológico José Pardo, la iglesia María Auxiliadora, el hospital Arzobispo Loayza, el Congreso de la República, entre otros.
El alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, quien fue el autor de la iniciativa, felicitó esta norma y la calificó como trascendental para convertirnos en un centro de atracción turística a nivel mundial, según RPP.
El acuerdo engloba un área de 10,32 km². Dentro de la zona intangible, se encuentra el Palacio de Gobierno entre otros. Foto: MML
El artículo 46 de la Constitución Política del Perú indica lo siguiente:
“Gobierno usurpador. Derecho de insurgencia. Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas”.
De acuerdo con el abogado Juan Carlos Torres Márquez, quien interpretó el artículo 46 de la Constitución Política en la revista digital de la Pontificia Universidad Católica del Perú, este derecho sirve para defender la democracia.
“Esta figura jurídica, al haber sido elaborada por primera vez en el texto constitucional de 1979, tuvo por finalidad la defensa del estado de derecho frente a la agresión de cualquier golpe de Estado, sin importar de dónde provenga, sea de autoridad, civil o militar”, explicó el abogado Juan Carlos Torres Márquez en el artículo. “El derecho de insurgencia, un arma de índole constitucional”, prosiguió Torres.
De acuerdo con Heber Joel Campos, profesor de derecho constitucional de la PUCP, existe una sentencia del Tribunal Constitucional sobre una norma similar (STC N° 04677-2004-AA), pero fue inaplicada por ser inconstitucional, ya que afectan el principio democrático y derechos vinculados a la protesta.
“Lo que dijo el Tribunal Constitucional es que eso colisionaba con el derecho a la libertad de reunión, con el derecho de la libertad de expresión y con el derecho a la protesta. Todos podemos manifestarnos en los espacios públicos respetando el orden, no poniendo en peligro la integridad de terceros o ir contra la propiedad pública ni privada”, señaló el especialista.
“Esta medida de la Municipalidad de Lima busca limitar este derecho, lo que podría chocar con la Constitución”, suscribió. Asimismo, Campos señaló que se puede limitar la violencia, pero no el derecho a la libertad de los ciudadanos.
Para Miguel Ángel Soria, presidente del Centro de Estudios de Derechos Humanos de la USMP, el derecho a la reunión se debe permitir, incluso sin concederse un permiso previo. Pero si esta protesta se lleva de forma violenta y va contra el patrimonio público, sí se puede restringir, ya que solo está permitido que sea de forma pacífica y sin armas; pero, si no es el caso, sí se tiene que permitir estas manifestaciones.
Rafael López Aliaga se mostró indignado ante las manifestaciones que exigen la renuncia de Dina Boluarte. Foto: composición LR/Paolo Zegarra / URPI - LR/La República
“No se puede sacrificar el derecho a la reunión, pero tampoco se puede sacrificar el interés de una institución pública de velar por el patrimonio cultural de bienes públicos y privados. Eso debe declararse en cada caso concreto con pruebas objetivas en cada manifestación que se presente”, expuso Soria.
En esa línea, el exregidor de Lima Metropolitana Carlo Ángeles expuso que no era necesario esta medida, ya que la MML cuenta con las herramientas legales para proteger los bienes públicos e intervenir cuando suscite hechos de violencia en una manifestación.
"Hay protestas pacíficas como las que realizan los extrabajadores de la MML que han sido despedidos injustamente desde el inicio de esta gestión. Ellos están en completo y absoluto derecho constitucional de poder manifestarse. Lo que pasa es que la Municipalidad de Lima quiere limitar este derecho bajo el pretexto de hechos de violencias que sí se han suscitado en algunos casos, pero una ordenanza no puede estar por encima de una constitución", indicó Carlo.
Además, señaló que esta norma sería una excusa para limitar no solo las manifestaciones por la crisis políticas, sino también por la misma crisis institucional que vive la capital como el despido de los trabajadores.
Al respecto, el regidor de la Municipalidad de Lima Julio César Gagó aseguró que todo tipo de manifestación está prohibida dentro del Centro Histórico de Lima y que, si los ciudadanos desean protestar, lo pueden realizar fuera del perímetro intangible.
"La intención del Concejo Metropolitano y del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, es que las personas disfruten de su ciudad con seguridad y salud. Por ese motivo, se resguardará la zona con la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo", afirmó.
El alcalde de Lima decidió anunciar la propuesta de intangibilidad debido a los daños en el centro histórico en las protestas. Foto: composición LR
Según el regidor de la Municipalidad de Lima Julio César Gagó, la MML cuenta con un centro de monitoreo con todas las cámaras de seguridad, donde se puede vigilar constantemente los diferentes lugares del Centro Histórico. Así se podrá detectar manifestaciones, marchas o concentraciones.
"Trabajamos con la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y la Procuraduría para tomar las acciones correspondientes si visualizamos manifestaciones o concentraciones y (así) respeten el acuerdo del Concejo", advirtió César.
El Concejo Metropolitano decidió proteger las siguientes zonas:
En diferentes regiones del país, cientos de personas aún se mantienen en las calles en legítima protesta contra el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte. Pese a que hay normativas como esta, que intentan frenar la magnitud de las movilizaciones, el clamor de los manifestantes es mantenerse firmes hasta lograr ser escuchados.
Tras las manifestaciones realizadas en la capital, el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, se mostró indignado por los destrozos e incidentes que estaban ocurriendo principalmente en el centro histórico, así como el incendio en la Casa Marcionelli, cerca a la plaza San Martín, el último 19 de enero. Es por ello que decidió anunciar esta propuesta de intangibilidad.
El Concejo Municipal declaró al distrito limeño de Miraflores como zona restringida para el desarrollo de manifestaciones, concentraciones y marchas públicas y políticas que pongan en riesgo la seguridad, libre tránsito, y salud de residentes y visitantes.