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Sociedad

Arequipa: alcalde de Paucarpata afrontará investigación por delito de ostentación de distintivos

José Supo y otras tres personas fueron intervenidos a bordo de una camioneta con el logo de Defensa Civil. Burgomaestre permanecerá detenido hasta audiencia judicial.

Efectivos indicaron que Supo y el resto de tripulantes se mostraron reacios a la intervención. Foto: difusión
Efectivos indicaron que Supo y el resto de tripulantes se mostraron reacios a la intervención. Foto: difusión

La Fiscalía denunció al alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucarpata, José Supo Condori, por el delito de ostentación de distintivos, luego de que él y sus tres acompañantes fueran detenidos el fin de semana en distrito Chivay, a bordo de una camioneta con el logo de Defensa Civil.

Tras diversas diligencias realizadas por el representante de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chivay, Carlos Miguel Salinas, se procedió a solicitar al juzgado proceso inmediato.

Asimismo, el conductor de la unidad móvil, Brahayan Isidro Rodríguez Guzmán, fue denunciado por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad al negarse a pasar la prueba de dosaje etílico.

Como se recuerda, el burgomaestre junto a Adolfo Rodríguez Guzmán, Johan Vizarreta Huayapa y Brahayan Isidro Rodríguez Guzmán fueron intervenidos por la Policía al encontrarse realizando maniobras temerarias tras la presunta ingesta de bebidas alcohólicas.

Luego de una persecución, fueron detenidos y no mostraron disposición de colaborar con las autoridades, sino más bien habrían forcejeado con los efectivos.

En un comunicado, el Ministerio Público informó que Defensa Civil descartó que el vehículo pertenezca a la institución, no teniendo por ende autorización del uso de su logo.

La Fiscalía señala que se está a la espera que el Poder Judicial fije audiencia, en tanto el alcalde José Supo y sus acompañantes permanecerán detenidos.

Dato

El delito de ostentación de distintivos se encuentra estipulado en el Art. 362 del Código Penal siendo reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario de hasta 20 jornadas.

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