Con sentencias que van desde los 16 a los 7 años de prisión efectiva, los magistrados del Primer Colegiado Penal Supraprovincial de la Corte de Justicia de Arequipa, condenaron a tres dirigentes del valle de Tambo, en la provincia arequipeña de Islay, por presuntamente promover las protestas contra el proyecto cuprífero Tía María, manifestaciones en las que habrían incurrido en una serie de delitos.
De acuerdo a los jueces Ronald Medina Tejada, Giuliana Pastor Cuba y Juan Carlos Churata Quispe, durante las manifestaciones registradas el año 2015, los ahora sentenciados Pepe Julio Gutiérrez Zeballos, Jesús Mariano Cornejo Reynoso y Jaime de la Cruz Gallegos incurrieron -indistintamente- en diversos delitos como extorsión, entorpecimiento del funcionamiento de los servicios públicos, disturbios y motín.
La sentencia más grave es contra Pepe Julio Gutiérrez quien tendrá que cumplir una condena de 16 años de prisión, por incurrir en el delito de extorsión en grado de tentativa en contra de la empresa Southern Peru Cooper Corporation. Esta medida se debe a que en su momento, este dirigente solicitó “un millón y medio de lentejas” a cambio de detener las protestas. Al respecto, existe un audio con dicho requerimiento.
Paralelamente, Gutiérrez fue hallado culpable de entorpecimiento de los servicios públicos, disturbios y motín. Sin embargo, a su condena tendrán que descontarles los 2 años y 9 meses de prisión preventiva que cumplió -años atrás- en el penal de Socabaya. Es decir, que aún debe purgar 13 años y 3 meses de cárcel.
Otro de los sentenciados es el ex alcalde distrital de Dean Valdivia, Jaime de la Cruz tendrá que permanecer tras las rejas por 12 años y 4 meses sospechoso de incurrir en los delitos de entorpecimiento del funcionamiento de los servicios públicos, disturbios y motín. Finalmente, Jesús Cornejo, presidente de la Junta de Usuarios del valle de Tambo. La pena impuesta en su contra es de 7 años y 4 meses, por el concurso real de delitos como entorpecimiento del funcionamiento de los servicios públicos y motín.
Durante la lectura de sentencia del juicio oral, considerado altamente complejo por la pluralidad de delitos y el número de procesados, los jueces ordenaron la ejecución de la condena, lo que quiere decir que en tanto no se resuelva la apelación, todos los sentenciado deberán cumplir de manera provisional sus respectivas condenas. En ese sentido, giraron las órdenes de captura contra los tres dirigentes.
Además de disponer su encarcelamiento, el colegiado ordenó que todos los sentenciados paguen diversas reparaciones civiles, que sumadas dan la cifra de 635.000 soles.
Jesús Cornejo tendrá que pagar a favor del Estado 35.000 soles por entorpecimiento de los servicios públicos; en tanto, Pepe Julio Gutiérrez y Jaime de la Cruz, de manera solidaria (entre los dos) deben depositar 500.000 soles por los delitos de disturbios y entorpecimiento. Finalmente, los tres sentenciados en partes iguales, tendrán que pagar 100.000 soles adicionales por el delito de motín.
El colegiado decidió absolver de todos los cargos formulados por el Ministerio Público a Richard Ale Cruz, Justo Paredes Torres, José Ramos Carrera, Juan Meza Igme, Hilario Cornejo Reynoso, Luis Justo Laredo, Esteban Pareja Prado, Martín César Juárez Bernedo, Victor Zeballos Ortiz, Juan José Colquehaunca Chaiña, Héctor Herrera Herrera, Róger Manuel Ramos Flores y Jorge del Carpio Lazo.