El Comité de Vigilancia, Ética y Deontológica del Consejo Nacional del Colegio Médico del Perú se pronunció sobre el caso de la psicóloga Ana Estrada, quien ha entablado una lucha legal contra el Estado para que ella decida tener una muerte digna sin que hayan consecuencias penales. “Gracias al pronunciamiento del Colegio Médico. Gracias por comprender y solidarizarse con mi petición de poder acceder a la eutanasia y que nadie sea criminalizado por ello”, señaló la mujer de 44 años.
“La muerte es un proceso natural, por lo que los miembros del CMP buscan la atención integral y humanista de sus pacientes en todas las etapas de la enfermedad hasta el final, con respeto irrestricto a su dignidad”, señala el texto al que accedió Perú21, en el que se manifiestan sobre la lucha de Ana, quien padece desde hace 30 años por culpa de la polimiositis, una enfermedad muscular crónica, incurable y degenerativa que la tiene entubada y postrada en una cama casi todo el día.
La pelea de Ana por acceder a lo que llama un final “digno” empezó hace cuatro años. En este camino, la acompaña la Defensoría del Pueblo, que busca sentar un precedente. Precisamente, este 7 de enero al mediodía, el Poder Judicial notificó a la institución a fin de desarrollar una audiencia virtual que podría resolver en una acción de amparo a favor de la demandante.
Alfredo Celis, presidente del mencionado comité del CMP, explicó que “si las medidas y los cuidados paliativos no surten el efecto que se espera ahí surge la posibilidad de la eutanasia”.
El especialista refirió que no todos los hospitales cuentan con un área de cuidados paliativos adecuada y que esa ley, pese a haber sido aprobada en el 2018, aún no está reglamentada. “Por ello, la posibilidad de la eutanasia cobra vigencia y cobra un espacio dentro del concepto de muerte digna, que es el derecho a morir con dignidad”, indicó a Perú21.
El documento hace referencia también a la voluntad anticipada o testamento vital, que también pide Ana para expresar su deseo sobre las condiciones en los momentos finales de su vida.
“Esa expresión del ejercicio del principio de autonomía por parte del paciente se describe en el Código de Ética del CMP, Art. 72. El médico debe propiciar el respeto a las directivas anticipadas del paciente en lo referente al cuidado de su vida”, resalta.
La demanda de Ana es la primera hacia el Estado peruano a fin de que reconozca el derecho a una muerte en condiciones dignas.
La acción se dirige contra el Ministerio de Salud, EsSalud y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. De esta manera se solicita la inaplicación del artículo 112 del Código Penal, que sanciona el delito de homicidio piadoso, para el caso de Ana Estrada.
El delito de homicidio piadoso sanciona con una pena de hasta tres años de cárcel a quien pone fin a la vida de una persona que así lo solicita de manera expresa y consciente por los dolores intolerables que padece producto de una enfermedad incurable.
De esta manera, la norma no solo criminaliza al médico que podría asistir a Ana en su pedido, sino que impide la existencia de un marco normativo que permita al Estado hacer efectivo el derecho a la muerte en condiciones dignas frente a pedidos como este.