Por: Melissa Valdivia. Cusco.
El 22 de julio de este año se publicó la Ordenanza Regional Nº 163-2019, disposición que busca sancionar a las empresas que despidan a ciudadanos cusqueños para contratar a extranjeros en condiciones de informalidad y subempleo. Esta medida firmada por el gobernador regional Jean Paul Benavente y el presidente del Consejo Regional Jorge Luis Segura declara de necesidad pública la priorización de la mano de obra regional en la convocatoria de puestos de trabajo.
El director regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Alvaro Vega Villasante, confirmó la vigencia de la norma, sin embargo, manifiesta que su implementación ha tenido dificultades debido a que la Sunafil y el Ministerio de Trabajo no han respaldado la medida por considerarla xenófoba.
“A la fecha la ordenanza está vigente, se han realizado inspecciones, la última fue en Machupicchu no se ha encontrado nada, la norma no es discriminatoria al contrario buscamos que ellos trabajen bajo las condiciones de formalidad, estamos protegiendo sus derechos y a la vez la del trabajador nacional, a quien debe preferirse en el trabajo es a la mano de obra local” refirió Vega Villasante.
Semanas antes de ser aprobada la ordenanza, el Ministerio de Trabajo la calificó de inconstitucional, y junto a Defensoría del Pueblo aseguraron iniciar un proceso declaratorio de inconstitucionalidad, ha pasado casi medio año desde que se publicó en el Diario El Peruano y las anunciadas medidas contra la norma han quedado en el aire, hoy la ordenanza sigue vigente y aplicándose.
Otra medida polémica en Cusco fue tomada en octubre por un grupo de vecinos de Pichari (La Convención) quienes votaron a favor para que los ciudadanos venezolanos se retiren hasta fines de año. Rápidamente la embajada de Venezuela se pronunció señalando que la medida es contraria a la Constitución Política del Perú y varios compromisos internacionales. Posteriormente, en sesión del Comité de Seguridad Ciudadana se desestimó el acuerdo, sin embargo, el municipio distrital optó por iniciar un proceso de empadronamiento de los ciudadanos de Venezuela, a quienes se les exige constancia de trabajo, certificado de antecedentes penales y judiciales, así como estar inscritos en la Organización de Venezolanos en Pichari.
La abogada en Derechos Humanos, Ana María Vidal, criticó la falta de acción de las entidades como Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Trabajo, que hace meses lanzaron su voz de protesta contra dichas medidas.
Caso contrario ocurrió en Huancayo, el Ministerio Público abrió en abril una investigación preliminar contra el alcalde provincial de Huancayo, Henry López Cantorín, por el delito de discriminación e incitación a la discriminación en agravio de los inmigrantes venezolanos.
El burgomaestre indicaba que emitiría una ordenanza que busca declarar su “ciudad libre de venezolanos” frente a la “creciente y descontrolada” presencia de extranjeros, situación que conlleva, según dijo, al crecimiento de la informalidad laboral, el comercio ambulatorio y actos vandálicos, finalmente quedando frustrada las intenciones de sacar adelante la ordenanza.
“La Fiscalía debe estar evaluando si la medida tomada por autoridades cusqueñas con esta ordenanza configura o no en discriminación, antes de que se apruebe la ordenanza se debió actuar de oficio. La discriminación tiene agravantes cuando lo cometen agentes que trabajan para el estado” refiere Ana María Vidal.
La última vez que se modificó el artículo 323 del Código Penal, que tipifica y penaliza el delito de discriminación e incitación a ella, fue en el 2017, mediante el Decreto Legislativo N° 1323
El referido artículo señala que la persona que incurre en este delito, sea por sí mismo o por terceros (sexo, religión, condición migratoria, discapacidad, factor genético, etcétera), será reprimida con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de tres años o con prestación de servicios a la comunidad, de 60 a 120 jornadas.
En relación a funcionarios la normativa señala que, si el agente actúa en su calidad de servidor civil, o se produce la discriminación mediante actos de violencia física o mental, por medio de internet u otro medio análogo, la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación.
Vidal es enfática en señalar que estas ordenanzas que toman los representantes cusqueños en relación a extranjeros no son nada más que discursos populistas que en la práctica no trae solución a los problemas de informalidad ni de inseguridad.
“Estas medidas populistas incentivan todos los flagelos presentes en la sociedad, genera que los extranjeros particularmente los venezolanos vayan a lugares de trabajo donde puedan subsistir, a la larga será contraproducente, esta ordenanza ni protege al Cusco ni a la ciudadanía como justifican sus autoridades” puntualizó
Explica además que no sería extraño escuchar en voz de candidatos al Congreso discursos similares que se usan como chivo expiatorio y que no genera una solución estructural a un problema que existe hace décadas (informalidad, ilegalidad, inseguridad). Otro riesgo que genera estas acciones, es que Perú a nivel internacional sea visto como un país que no protege los Derechos Humanos, ello trae deficiencias para acudir a una serie de organismos internacionales.
Finalmente, Ana María Vidal exhorta a las autoridades a actuar con responsabilidad y ser consecuentes pues el gobierno central es un país que lidera la lucha por la democracia, está contra la dictadura de Venezuela, sin embargo, no se protege el derecho de las personas que están huyendo de este régimen.
“Hay que actuar con responsabilidad, si lideras una lucha tienes también la responsabilidad de ayudar a esa persona que huye de ese régimen dictatorial y eso no se está haciendo” agregó Ana María Vidal, ex coordinadora Nacional de Derechos Humanos