
El Noveno Juzgado Constitucional de Lima concedió el recurso de apelación interpuesto por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) contra la resolución que levantó la suspensión de Delia Espinoza como fiscal suprema y Fiscal de la Nación. La decisión fue adoptada por el juez Juan Fidel Torres Tasso, quien precisó que el trámite continuará en segunda instancia, pero sin suspender los efectos de la medida que favorece a la magistrada.
De acuerdo con la resolución, el tribunal consideró que la apelación cumple con los requisitos formales establecidos por el Código Procesal Constitucional. No obstante, dejó claro que el recurso no paraliza la ejecución del oficio que ordenó la reposición inmediata de Espinoza en el Ministerio Público.
Poder Judicial admite apelación de la JNJ. Foto: La República
El fallo también confirma que la JNJ fue notificada correctamente con la decisión judicial anterior. El juez validó el registro del Sistema Integrado Judicial (SIJ), que acredita la recepción de la resolución por parte del organismo. En ese sentido, desestimó los cuestionamientos sobre una supuesta falta de notificación.
Asimismo, el juzgado calificó como “prematuro” el pedido de Delia Espinoza para requerir a la JNJ el cumplimiento forzoso de su restitución. El magistrado señaló que este requerimiento será evaluado en una etapa posterior, una vez que se resuelva el proceso principal y la apelación presentada por el órgano constitucional.
El Poder Judicial dejó constancia de que la JNJ fue legalmente notificada con la resolución que ordena el retorno de Delia Espinoza al cargo. La comunicación se efectuó el 13 de octubre y quedó registrada en el expediente digital del Noveno Juzgado Constitucional, por lo que se consideró cumplido el acto procesal.
Pese a la apelación del procurador de la Junta Nacional de Justicia, el juez precisó que esta no suspende los efectos de la medida cautelar. De ese modo, la reposición de Espinoza continúa en vigor mientras el caso es evaluado por la instancia superior. La decisión asegura que el mandato judicial se mantenga operativo hasta que se emita un pronunciamiento definitivo.
Con esta resolución, el Poder Judicial reafirma que el levantamiento de la sanción sigue siendo válido y que la magistrada debe continuar ejerciendo sus funciones mientras se desarrolla el proceso constitucional.

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