Luego de siete años de conocerse las repercusiones del caso Lava Jato en el Perú, solo existen siete sentencias condenatorias, contra 17 personas y una empresa, de acuerdo con un reporte de la Procuraduría Ad Hoc del caso, que se difundió después del último mensaje de la presidencia al Congreso.
Pero de esas sentencias condenatorias, cuatro pertenecen a los acuerdos de colaboración eficaz con cuatro directivos de la constructora Odebrecht, más la de Josef Maiman por el caso Toledo y la de Gil Shavit por presuntos pagos a Félix Moreno, y un caso más por los laudos arbitrales, que fueron negociados por el equipo especial de fiscales y la procuraduría que dirige la abogada Silvana Carrión.
En total, incluye a siete personas y una persona jurídica, la constructora Odebrecht.
PUEDES VER: Autorizan viaje a Sao Paulo de procuradora pública ad hoc para interrogar a Marcelo Odebrecht
La Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato incrementa su producción con la sentencia que dictaron los jueces anticorrupción por los pagos que la constructora Odebrecht realizó al exgobernador regional de Áncash César Álvarez y otros siete funcionarios de dicha región, por los contratos de la carretera Chacas-San Luis.
Este caso, si bien se engloba en el de Lava Jato, fue descubierto al margen de los acuerdos de colaboración con Odebrecht. Fue una investigación propia que realizó el fiscal anticorrupción Elmer Chirre, del sistema que hoy dirige el fiscal superior Omar Tello.
La sentencia por los pagos de la carretera Chacas-San Luis tiene su origen en la investigación por el caso La Centralita. La Fiscalía descubrió una cuenta en Hong Kong, donde se realizaron los pagos a Álvarez, al rastrear los fondos para la compra de un terreno en Lima.
Odebrecht cooperó para no entorpecer su acuerdo con el equipo especial del caso Lava Jato y poder cerrar sus principales procesos en el Perú.
PUEDES VER: Caso Lava Jato: Fiscalía expuso apoyo de Fuerza Popular a César Hinostroza en el Congreso
La séptima sentencia es la que se dictó contra Carlos José Campusano Dulanto, por terminación anticipada, es decir luego de que el investigado reconociera que recibió dinero para realizar diversas gestiones en el Ministerio de Economía a favor de Odebrecht.
La utilidad de los acuerdos de colaboración eficaz todavía esta pendiente, pues depende del resultado de las acusaciones y el juicio respectivo que debe promover el equipo especial Lava Jato.
La Fiscalía firmó los acuerdos de colaboración eficaz en el entendido de que las pruebas que otorgan los colaboradores permite probar la comisión de un delito de corrupción, para lo que se requiere que se realice el juicio público.
Además, la mayoría de las pruebas que presentó Odebrecht y otros colaboradores es por delitos relacionados por corrupción, mientras que el equipo especial ha priorizado los juicios por lavado de activos que involucran a altos funcionarios públicos, dirigentes políticos y partidos políticos.
PUEDES VER: Subdirector de diario que defiende a Cerrón sería testigo clave en juicio Humala-Heredia
En el juicio en desarrollo al expresidente Ollanta Humala y Nadine Heredia y el próximo proceso a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por presuntos aportes irregulares de campaña política, la utilidad de los acuerdos de colaboración eficaz será mínima.
Los acuerdos de colaboración eficaz con Odebrecht no incluyen el delito de lavado de activos de campaña política, un hecho que en Estados Unidos y Brasil no se considera delito. En el Perú, es uno de los puntos que deberán definirse en el juicio público.