El 22 de febrero de este año, el Tribunal Constitucional emitió una sentencia que abre paso a que el caso de la matanza en el expenal El Frontón pueda prescribir. Con los votos de los magistrados Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero (voto dirimente por ser presidente del organismo), se decidió restituir el fallo de 2013 que establece que el crimen perpetrado presuntamente por marinos no podía calificarse como de lesa humanidad.
El TC acordó declarar fundado el recurso de reposición interpuesto por el abogado Sergio Tapia Tapia, a pesar de que el caso el Frontón se inició como parte de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el tema Durand y Ugarte.
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“Esta sentencia (del TC) no solo busca dejar en la impunidad estos hechos, sino desacata una sentencia de la Corte IDH, eso es muy grave. Que lo haga un TC es de locos”, alerta Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), que representa a los familiares de las víctimas del crimen que tuvo lugar en 1986.
Ruiz Molleda sostiene que los jueces podrían inaplicar este fallo, ya que contradice a lo dispuesto por el órgano judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA): “Eso se llama control de convencionalidad”.
Con el último fallo del TC, el fundamento 68 y el artículo 1 de la parte resolutiva de la sentencia del habeas corpus sobre caso El Frontón vuelven a tener vigencia. Foto: documento
En esa misma línea, Carlos Rivera, jefe del área legal del IDL, adelanta que el Poder Judicial ratificaría sus resoluciones que afirman que sí se constituye delito de lesa humanidad.
“El PJ tiene decenas de pronunciamientos que dicen que el crimen de El Frontón es un crimen de lesa humanidad, pero ahora van a tener una sentencia que restituye lo que los extribunos Vergara, Mesía, Álvarez y Calle escribieron en 2013. Creo que el PJ, y el tribunal que está juzgando el caso, va a repetir sus resoluciones, es decir, van a decir ‘Oye disculpa, pero este es un crimen de lesa humanidad y por lo tanto tiene una naturaleza imprescriptible, por lo que el juicio debe continuar’″, dijo Rivera Paz.
“El juicio se está haciendo por mandato de la Corte IDH y, por lo tanto, una decisión como la del TC la vamos a someter a un proceso de supervisión de cumplimiento de la sentencia. Estoy absolutamente seguro que sea cual fuese el escenario que se vaya a dar en la jurisdicción interna, la Corte IDH va a decir que es un caso que han ordenado a que se abra porque es un crimen internacional”, agregó.
Los letrados confirmaron que solicitarán el pedido ante el tribunal internacional con sede en San José, Costa Rica este lunes 14 de marzo.
En su fundamento de voto, la magistrada Marianella Ledesma advierte que sus colegas Ernesto Blume, Augusto Ferrero y José Luis Sardón han incurrido hasta en tres vicios al restituir la sentencia que busca que el caso El Frontón sea archivado.
Ledesma denuncia que los tres referidos jueces constitucionales emiten pronunciamiento sobre un recurso de reposición pese a que el demandante había remitido un oficio en 2017 al TC reconociendo que se habían agotado las acciones en las instancias nacionales.
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La extitular del TC también precisa que Ferrero Costa y Sardón de Taboada intervinieron en esta sentencia, a pesar de que no lo hicieron en el auto de subsanación de 2013. Ledesma Narváez recuerda que es una práctica jurisdiccional que solo los magistrados que participaron en la resolución de un caso resuelvan las acciones que se interpongan sobre dicho fallo.
“La pregunta sería ¿por qué ahora sí lo hacen?, ¿por qué solo para resolver el denominado recurso de reposición?, ¿qué cambió? Bueno, lo que cambió es que en el año 2022 hay un nuevo presidente del TC, el magistrado Ferrero Costa (e incluso un nuevo vicepresidente, el magistrado Sardón de Taboada), que forma parte de dicho grupo de magistrados y con su voto de calidad, ante situaciones de empate, en un tribunal conformado por seis magistrados, podían ganar cualquier caso o tomar cualquier decisión”, señala.
Finalmente, Marianella Ledesma considera que José Luis Sardón no tuvo que intervenir en el fallo sobre El Frontón debido a que en una sentencia del TC de diciembre de 2021 “se desprende un cierto grado de admiración o exaltación a la persona del expresidente Alan García, quien precisamente ejerció la presidencia cuando se produjeron los hechos”.
“Este solo hecho debió merecer que el magistrado Sardón de Taboada se aparte de este habeas corpus sobre el caso “El Frontón”, pero no lo hizo. Un juez no sólo debe ser imparcial, sino también parecerlo”, adicionó.