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Política

Concentración de medios: IDL pide ser parte de amparo

Desamparo legal. Demanda lleva 91 meses sin resolverse. Esta se presentó el 18 de noviembre del 2013. El 3 de julio del 2017 se realizó la audiencia de informes orales y el juez constitucional Macedo Cuenca quedó listo para dictar sentencia.

Ante la SIP. Frente al pedido de los periodistas demandantes, el 2017, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) solicitó que la demanda se resuelva con celeridad. Foto: Virgilio Grajeda/La República
Ante la SIP. Frente al pedido de los periodistas demandantes, el 2017, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) solicitó que la demanda se resuelva con celeridad. Foto: Virgilio Grajeda/La República

El Instituto de Defensa Legal (IDL) solicitó al 4° Juzgado Constitucional de Lima ser incorporado en la demanda de amparo que un grupo de periodistas presentó contra la Empresa Editora El Comercio por la adquisición de la Empresa Periodística Nacional. Esa compra supuso la concentración del 78% de la propiedad de los medios escritos en el país.

El IDL plantea su incorporación al considerar que tiene interés jurídico relevante en lo que se decida en este proceso, pues la excesiva concentración de medios afecta el libre y pleno ejercicio de la libertad de expresión y la pluralidad de la información, en un régimen democrático, señala el escrito suscrito por el director general del IDL, Glatzer Tuesta.

“En procesos jurisdiccionales en los que la materia controvertida reviste manifiesto interés público (...) en que están en juego las libertades comunicativas y la propia democracia, la doctrina reconoce (...) la legitimidad de terceros para intervenir en los procesos constitucionales”, subraya el documento.

El abogado de los periodistas demandantes, Fernando Meléndez, consideró positiva la solicitud del IDL, a fin de que el juez tenga más elementos al momento de decidir. Ahora, corresponde que el juez resuelva el pedido y, de aceptar, notifique a las partes.

Meléndez indica que el juez ha informado que ya está trabajando en su sentencia y que no ha podido avanzar por haberse enfermado de COVID-19, falta de personal y exceso de trabajo.

Demora

Han pasado 91 meses desde que, un 21 de noviembre del año 2013, un grupo de periodistas presentara la demanda de amparo ante el 4° Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del juez Juan Macedo Cuenca. Es decir, el proceso permanece en el primero de cuatro escalones del sistema judicial-constitucional peruano.

Recién, el 3 de julio del 2017, el juez Macedo realizó la audiencia de informes orales para escuchar a las partes y proceder a dictar sentencia. La demanda cuestiona la compra del 54% de las acciones de Epensa y Alfa Beta Sistemas por el Grupo El Comercio, ocurrida en agosto del 2013.

Los periodistas señalan que la transacción afecta el derecho de los ciudadanos a recibir una información plural. En 2012, El Comercio tenía el 49% del mercado periodístico y Epensa el 29%, por lo que al adquirirla pasó a controlar el 78%.

La demanda fue presentada por los periodistas Luz Helguero, Fernando Valencia, Augusto Álvarez Rodrich, Mirko Lauer, Rosa María Palacios y Gustavo Mohme Seminario. Además, por Enrique Zileri, director fundador de la revista Caretas, y Mario Saavedra-Pinón, ambos ya fallecidos.

En la audiencia, los demandantes respondieron que dicha adquisición no vulnera derecho constitucional alguno y que no existía prueba que corrobore la afectación de la pluralidad informativa.

Mientras se espera el veredicto, en abril del 2018, El Comercio completó la adquisición del 36,44% restante de las acciones de Prensmart (ex-Epensa). De este modo, el citado grupo tiene el 100% de las acciones de la empresa responsable de imprimir y comercializar los diarios El Comercio, Perú 21, Gestión, Correo, El Bocón y Ojo.

Amparo constitucional

Los periodistas argumentan que la compra realizada por El Comercio afecta la libertad de expresión e información.

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Demanda llegó a la CIDH

El 10 de setiembre del 2015, los periodistas recurrieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la demora en tener una respuesta del sistema judicial peruano.

La CIDH requirió al Estado peruano que explique la demora. En enero del 2020, el procurador del Ministerio de Justicia Carlos Reaño respondió que no se había vulnerado el derecho de los demandantes porque, si bien (siete años después) aún no hay sentencia, no se ha producido inactividad procesal.

En mayo del 2019, La 72ª Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) exigió al Poder Judicial dar una respuesta a la demanda de amparo.

Juez. Juan Macedo Cuenca está trabajando en el veredicto. Foto: difusión

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