El Pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) acordó por la tarde de este viernes suspender por 30 días de sus labores como juez supremo a César San Martín Castro, integrante de la Corte Suprema de Justicia.
Acorde con la decisión de los miembros de la entidad, San Martín cometió falta grave al vulnerar el artículo 47 de la Ley de Carrera Judicial. Con la suspensión se concluye, así, el proceso sancionador abierto en su contra desde agosto de 2020.
Los miembros Imelda Tumialán, María Zavala, Luz Tello, Aldo Vásquez y Henry Ávila estuvieron de acuerdo con la sanción de 30 días. Sin embargo, el miembro Guillermo Thornberry quiso que la suspensión sea por 3 meses. El miembro Antonio de la Haza no partició debido a que él propuso la sanción de 30 días.
El caso por el que ha recibido la sanción se remonta al 14 de marzo de 2018, cuando San Martín llamó desde su despacho en el Poder Judicial a Walter Ríos Montalvo, entonces presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, “para que diera celeridad a un proceso correspondiente al expediente. 3525-2017 (de su hermana Ana María San Martín Castro)”.
En este proceso judicial de interdicción, César San Martín también era codemandado, no obstante, su hermana tenía dos abogados que la representaban, sin necesidad de una intervención externa.
Así, se acreditó que San Martín abusó de su condición de juez para tener una atención preferente:
“Al actuar como litigante en causa propia, debía someter sus actuaciones o pedidos a los cauces previstos pudiendo realizar las gestiones al Juzgado pertinente directamente y personalmente o mediante representantes. No obstante, optó por una vía distinta a la regular y decidió llamar al presidente de la Corte Superior del Callao [Walter Ríos Montalvo], procurando un tratamiento distinto y preferente del resto de los litigantes (...) valiéndose de la influencia que podría tener para una atención agil a su pedido”.
La razón por la que San Martín obtuvo una sanción menor a la de destitución o multa fue porque no pidió “una decision judicial favorable a sus intereses o torcer el sentido de la justicia”, sino que por el contrario “no hubo móvil egoísta, debiendo considerarse como factor de atenuacion en la intensidad de la sanción el fin último de celeridad en una materia que afectaba a una persona con discapacidad [su hermana Ana María]”.
La decisión se dio a raíz del audio difundido en 2018, donde se escuchaba a San Martín comunicándose con Walter Ríos, expresidente de la Corte Superior del Callao, pidiéndole a su vez “agilizar” y “presionar” para el resultado de un trámite familiar relacionado a su hermana Ana María San Martín Castro.
El material fue propalado por el portal web “Manifiesto”, y relataba lo siguiente entre Ríos y San Martín.
WR: Doctor, cómo está. Qué gusto de saludarlo
CSM: Hola, ¿cómo estás hermano? Te llamo del tema de mi hermana, como sabrás que ya confirmó la resolución que declara la interdicción
CSM: Cuarto Juzgado de Familia y hasta ahora no se remite la comunicación a Sunarp y Reniec para la inscripción
WR: La inscripción correspondiente
CSM: Y pues ya...el escrito está presentado hace dos semanas, desde que se levantó, superó las vacaciones y te pido eso pues, dile a la jueza
WR: Ya, no hay problema doctor
CSM: Desde cuándo estoy en esa cojudez
WR: sí sí, sí, ya doctor, no se preocupe
CSM: 3525-2017 es el Cuarto Juzgado de Familia
WR: Sí, lo tengo acá anotado, no se preocupe doctor
CSM: Por favor pues hermano, presiona eso para que... son cojud***z, que salga está bien
WR: Cojud***z son pe’
WR: No, encantado
CSM: Hasta luego, hasta luego
WR: Un abrazo
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